CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

R&K Consultora Limitada

CVE 2306141
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de abril de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de abril de 2023
Notario
ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
5 años, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, mientras ningún socio le ponga término en forma señalada en escritura extractada

Objeto social

la asesoría, consultoría, revisión y servicios integrales relacionados con procesamiento de datos, sistemas informáticos y softwares. Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaría, con oficio en Agustinas 1070, piso 2, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 21 de abril de 2023, Repertorio número 13154, ante mí, JUAN CARLOS GODOY QUILLALEO, domiciliado en Santa María número 571, bloque B, departamento 1509, comuna de Recoleta, Región Metropolitana y RODRIGO ALONSO LAVID ECHEVERRI, domiciliado Monseñor Eyzaguirre número 250, departamento 146, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: Razón social: “R&K Consultora Limitada”, pudiendo usar para todos los efectos el nombre de fantasía “R&K Solutions Limitada”. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: la asesoría, consultoría, revisión y servicios integrales relacionados con procesamiento de datos, sistemas informáticos y softwares. Administración y uso razón social: La administración y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a Juan Carlos Godoy Quilaleo, en los términos y con las facultades establecidas escritura extractada. Capital: $2.000.000, que socios aportaron en acto de escritura extractada de la siguiente forma: a) Juan Carlos Godoy Quilaleo aportó $1.000.000, equivalente al 50% de los derechos sociales, en dinero efectivo, que enteró en caja social, y b) Rodrigo Alonso Lavid Echeverri aportó $1.000.000, equivalente al 50% de los derechos sociales, en dinero efectivo, que enteró en caja social. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración: 5 años, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, mientras ningún socio le ponga término en forma señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de abril de 2023.-