CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MARO ARQUITECTURA LIMITADA

CVE 2305378
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de abril de 2023
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de abril de 2023
Notario
BORIS ALEJANDRO ARAVENA ESTOBAR
Oficio
Primera Notaría con asiento en la Comuna de San Joaquín

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la comuna de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: /a) la prestación de servicios, asesorías y consultorías de carácter profesional en las áreas de la arquitectura; y, /b) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados. 5

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a doña MARISOL ELENA ROBLES MARTÍNEZ y a doña BEATRIZ ALEJANDRA RITA MARÍN PRADO, para que representen a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos que digan relación con el objeto social de la Sociedad o sean necesarios o conducentes a los fines de esta última. Las socias deberán actuar conjuntamente para las facultades número /Uno/, /Cinco/, /Seis/, /Siete/, /Ocho/, /Nueve/, /Diez/, /Once/, /Doce/, /Catorce/, /Dieciséis/, /Diecisiete/, /Veinte/, /Veintiuno/, /Veintidós), /Veintitrés), /Veinticinco/, /Veintiséis/, /Veintiocho y /Veintinueve/

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

BORIS ALEJANDRO ARAVENA ESTOBAR, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la Comuna de San Joaquín, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna N°3.125, Comuna de San Joaquín, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de abril de 2023, Repertorio número 239-2023, ante mí, MARISOL ELENA ROBLES MARTÍNEZ, domiciliada, para estos efectos, en calle General Gorostiaga número 1339, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y, BEATRIZ ALEJANDRA RITA MARÍN PRADO, domiciliada, para estos efectos, en calle Cerro Abanico número 12.229, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “MARO ARQUITECTURA LIMITADA” (la “Sociedad”), de cuyos estatutos se extracta: 1. Razón Social: “MARO ARQUITECTURA LIMITADA”. 2. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros lugares del país o del extranjero. 3. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. 4. Objeto Social: El objeto de la Sociedad será: /a/ la prestación de servicios, asesorías y consultorías de carácter profesional en las áreas de la arquitectura; y, /b/ en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados. 5. Capital: El capital social es la suma de $1.000.000, que se suscribe de la siguiente manera: (i) Marisol Elena Robles Martínez la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, y (ii) Beatriz Alejandra Rita Marín Prado la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales. 6. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a doña MARISOL ELENA ROBLES MARTÍNEZ y a doña BEATRIZ ALEJANDRA RITA MARÍN PRADO, para que representen a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos que digan relación con el objeto social de la Sociedad o sean necesarios o conducentes a los fines de esta última. Las socias deberán actuar conjuntamente para las facultades número /Uno/, /Cinco/, /Seis/, /Siete/, /Ocho/, /Nueve/, /Diez/, /Once/, /Doce/, /Catorce/, /Dieciséis/, /Diecisiete/, /Veinte/, /Veintiuno/, /Veintidós/, /Veintitrés/, /Veinticinco/, /Veintiséis/, /Veintiocho y /Veintinueve/. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. San Joaquín, 21 de Abril de 2023.