Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2023
- Repertorio
- 628-2023
- Notario
- Ximena Ricci Díaz
- Oficio
- Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad
Sociedad
- Capital
- $1.211.500.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, títulos o valores mobiliarios de cualquier clase, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades, asociaciones; constituirlas, modificarlas y administrar estas; b) Adquirir, enajenar, administrar y explotar, por cuenta propia o por medio de terceros, toda clase de bienes inmuebles, sean rústicos o urbanos o de cualquier otro tipo; y c) En general, toda actividad que se relacione directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente que los accionistas acuerden realizar
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña Luz Eugenia Elena Castro Stone y a don Adolfo Andrés Berrios Castro (los “Administradores”). Los Administradores, actuando conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalXimena Ricci Díaz, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número 1749, certifico que por escritura de 31 de Marzo de 2023, repertorio Nº 628-2023, ante Ximena Schmalfeldt notario público suplente de San Antonio, comparecieron doña LUZ EUGENIA ELENA CASTRO STONE y don ADOLFO ANDRÉS BERRIOS CASTRO, constituyeron sociedad por acciones, cuyo estatuto se extracta: Nombre: “INVERSIONES LUZ SpA”, pudiendo utilizar también, como nombre de fantasía, incluso ante los bancos, “LUZ SpA”.- Domicilio: será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, títulos o valores mobiliarios de cualquier clase, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades, asociaciones; constituirlas, modificarlas y administrar estas; b) Adquirir, enajenar, administrar y explotar, por cuenta propia o por medio de terceros, toda clase de bienes inmuebles, sean rústicos o urbanos o de cualquier otro tipo; y c) En general, toda actividad que se relacione directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente que los accionistas acuerden realizar.- Capital: El capital social, que asciende a la suma de $1.211.500.000, dividido en 1.211.500.000 acciones, todas ordinarias, nominativas y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Doña Luz Eugenia Elena Castro Stone suscribe 605.750.000 acciones en las que se divide el capital social, por un valor unitario de un peso y un valor total de $605.750.000, que se obliga a pagar dentro del plazo máximo de 18 meses contado desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio de otros bienes o derechos; b) Don Adolfo Andrés Berrios Castro suscribe 605.750.000 acciones en las que se divide el capital social, por un valor unitario de un peso y un valor total de $605.750.000, que se obliga a pagar dentro del plazo máximo de 18 meses contado desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio de otros bienes o derechos. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.- Duración: Será indefinida.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña Luz Eugenia Elena Castro Stone y a don Adolfo Andrés Berrios Castro (los “Administradores”). Los Administradores, actuando conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, facultades señaladas en escritura extractada.- Demás estipulaciones escritura extractada. San Antonio 19 de abril de 2023.-