MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA SANTA TERESITA SpA

RUT 77684571-K CVE 2305570
Notaría
Rengo

Instrumento

Notario
GONZALO ENRIQUE BRION VARGAS
Oficio
Primera Notaría de Rengo con oficio en esta ciudad calle Portales ciento dos guion B
Comuna
Rengo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO ENRIQUE BRION VARGAS, Notario Público Interino Primera Notaría de Rengo con oficio en esta ciudad calle Portales ciento dos guion B, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, ante mí, don RODRIGO ALBERTO LATORRE SALAZAR, rectificó escritura pública de modificación de sociedad por acciones “INMOBILIARIA SANTA TERESITA SpA”, de fecha once de abril de dos mil veintitrés, ante mí, extracto inscrito fojas cuarenta y seis número treinta y cinco Registro de Comercio dos mil veintitrés del Conservador de Comercio de Rengo y publicado Diario Oficial el quince de abril de dos mil veintitrés. RECTIFICACION CONSISTE: Por un error involuntario incurrido en escritura pública aludida se señaló en su cláusula primero número Tres) que capital de la sociedad era de doscientos diez millones noventa y seis mil pesos y en su cláusula segundo se señaló que conforme a artículo quinto de estatutos sociales, el capital era de doscientos diez millones noventa y seis mil pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que accionista suscribió y pagó en acto de constitución de sociedad, siendo capital correcto la suma de doscientos diez millones noventa y seis mil doscientos noventa y tres pesos. Quedaron de este modo rectificadas cláusulas primero número Tres) y segundo de aludida escritura pública. Como consecuencia de rectificación efectuada, se reemplazaron íntegramente cláusulas tercero numeral /Uno/ y cuarto, las que pasaron a tener, respectivamente, el siguiente tenor: “TERCERO: Aumento de capital. /Uno/ Por medio del presente instrumento, el ACCIONISTA, en su calidad de único y actual accionista de la Sociedad, viene en aumentar el capital de INMOBILIARIA SANTA TERESITA SpA en la suma de Doscientos millones de pesos, esto es, de la suma de Doscientos diez millones noventa y seis mil doscientos noventa y tres, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de cuatrocientos diez millones noventa y seis mil doscientos noventa y tres pesos, dividido en dos mil acciones de las mismas características, mediante la emisión de mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.” y “CUARTO: Modificación de estatutos sociales. A fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad el aumento de capital acordado en el presente instrumento, el ACCIONISTA, en su calidad de único accionista de la Sociedad, viene en modificar los estatutos sociales de la misma en el siguiente sentido: i) Modificar y reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de Cuatrocientos Diez Millones Noventa y Seis Mil doscientos noventa y tres pesos dividido en dos mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias”. En todo lo no modificado por escritura pública extractada, rigen íntegramente las estipulaciones de modificación de sociedad por acciones contenidas en escritura pública rectificada. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Rengo, dieciocho de abril de dos mil veintitrés.