GARAY PUGA PROPIEDAD INTELECTUAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2023
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la Sociedad será de TRES años a contar del uno de abril de 2023, renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios y asesorías profesionales, en toda clase de asuntos jurídicos, de cualquier naturaleza o especie, especialmente asesorías en materias de propiedad intelectual, judiciales, civiles, comerciales, inmobiliarias, administrativas, contables, tributarias, financieras e internacionales y, en general, toda clase de negocio o actividad que los socios acuerden
Administración
La administración, representación y uso del nombre o razón social de la Sociedad, corresponderá a JUAN ENRIQUE PUGA VALDÉS, quienes representará a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Santiago, 30 de marzo 2023
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33a Notaría de Santiago, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 27 de marzo de 2023, Repertorio número 4.845-2023, ante mí, don JUAN ENRIQUE PUGA VALDÉS, abogado, y don JORGE GARAY PÉREZ, abogado, ambos domiciliado para estos efectos en Avenida Vitacura 5.093 oficina 1201, Santiago, Región Metropolitana, quienes, en su calidad de únicos accionistas, transformaron la sociedad que fuera constituida por escritura pública de fecha 23 de marzo 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de don Sergio Carmona Barrales, cuya razón social fuera, luego de varias modificaciones y transformaciones: “GARAY PUGA PROPIEDAD INTELECTUAL SpA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 24.012 Número 14.281 del año 2015 y publicada en el Diario Oficial, transformación que extracto a continuación: La razón social de la Sociedad será “GARAY PUGA PROPIEDAD INTELECTUAL LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso ante los bancos, la abreviación “GARAY PUGA PROPIEDAD INTELECTUAL LTDA.” O “GARAY PUGA LTDA.”; Objeto. La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios y asesorías profesionales, en toda clase de asuntos jurídicos, de cualquier naturaleza o especie, especialmente asesorías en materias de propiedad intelectual, judiciales, civiles, comerciales, inmobiliarias, administrativas, contables, tributarias, financieras e internacionales y, en general, toda clase de negocio o actividad que los socios acuerden. Duración. La duración de la Sociedad será de TRES años a contar del uno de abril de 2023, renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos.; Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: /a/ JUAN ENRIQUE PUGA VALDÉS, aporta la suma de $990.000.- que se encuentra íntegramente pagada y ha ingresado en arcas sociales, con anterioridad al presente acto, y /b/ JORGE GARAY PÉREZ, aporta la suma de $10.000.- que se encuentra íntegramente pagada y ha ingresado en arcas sociales, con anterioridad al presente acto; Domicilio. El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero, ni de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados; Administración, representación y uso de la razón social. La administración, representación y uso del nombre o razón social de la Sociedad, corresponderá a JUAN ENRIQUE PUGA VALDÉS, quienes representará a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Santiago, 30 de marzo 2023.