MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ATLAS MGA CHILE CORREDORES DE SEGUROS SpA

RUT 77729649-3 CVE 2304933
Fecha instrumento
27 de febrero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de febrero de 2023
Repertorio
28270-2023
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Alcántara Nº 107, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 17 de abril de dos mil veintitrés, Repertorio Nº28.270-2023, otorgada ante mí: Antonio Luis Eduardo Villalobos castillo, cédula de identidad Nº10.033.119-5, en su calidad de único accionista de la sociedad por acciones “ATLAS MGA CHILE CORREDORES DE SEGUROS SpA”, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.729.649-3, ambos domiciliados para estos efectos en calle Isidora Goyenechea número 2934, oficina 1.000, comuna de las Condes, Región Metropolitana, viene en rectificar la escritura pública de Constitución de la mencionada sociedad, de fecha 27 de febrero de 2023, otorgada en esta misma Notaría, repertorio 16.119-2023, en el siguiente sentido: I) En el ARTÍCULO PRIMERO se rectifica el nombre de fantasía, quedando dicho artículo redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO: La razón social de la sociedad será “ATLAS MGA CHILE CORREDORES DE SEGUROS SpA” pudiendo utilizar como nombre de fantasía, sólo para fines de publicidad, propaganda u operaciones de banco, el de ‘ATLAS MGA CHILE.”; II) En el ARTÍCULO CUARTO, referido al objeto de la sociedad, se rectifica la letra B, quedando dicho artículo redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será efectuar las siguientes actividades: A) La intermediación remunerada de contratos de seguros generales y de vida, exceptuando previsionales, con cualquier entidad aseguradora nacional radicada en el país, y la prestación de servicios y asesorías en la contratación de tales seguros; B) Asesorías, consultorías, análisis, estudios, investigaciones en materias de los más diversos seguros ofrecidos en el mercado nacional e internacional; y C) Todos aquellos que dicen relación directa con las indicadas, como así también las necesarias o convenientes para estas últimas. La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas y asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden el o los socios, conexa o relacionada con lo anterior, y, en general realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines.”; III) En el ARTÍCULO DÉCIMO, en materia no extractable; IV) En el ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO, en materia no extractable; V) En el ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO, en materia no extractable; y VI) Se elimina el ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2023.- Francisco Leiva Carvajal, Notario Público Titular.