MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS E INVERSIONES LOS QUELTEHUES LIMITADA

RUT 76097571-0 CVE 2304887
Capital
$169.200.000 CLP
Fecha instrumento
27 de febrero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de febrero de 2023
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$169.200.000 CLP

Objeto social

a) Realizar todo tipo de inversiones en bienes raíces o muebles, sean estos corporales o incorporales, tales como acciones bonos, derechos en sociedades, títulos de inversión, instrumentos financieros y todo tipo de valores, con el propósito de percibir sus frutos, pudiendo organizar, promover, constituir y tomar parte en toda clase de sociedades, sean de persona o de capitales, pudiendo para tales efectos adquirir participaciones, acciones o derechos, y enajenarlos sin limitación alguna; b) Prestar todo tipo de asesorías, en especial en materia de inversiones, financieras y de negocios; y c) en general, realizar cualquier acto que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura pública de fecha 27 de febrero de 2023, ante mi suplente, MANUEL RAMIREZ ESCOBAR: CARLOS LUIS BRITO CLAISSAC y MARÍA ANGÉLICA SEPÚLVEDA DONOSO, MARÍA JESÚS BRITO SEPÚLVEDA, y CARLOS JOSÉ BRITO SEPÚLVEDA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf de Manquehue N° 9.750, casa 707, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; acordaron modificar la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LOS QUELTEHUES LIMITADA, inscrita a fojas 17716 número 12010 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010 (la “Sociedad”), en los siguientes términos: A) Se modifica el objeto social, reemplazando el artículo Tercero de los estatutos de la Sociedad por el siguiente “TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: a) Realizar todo tipo de inversiones en bienes raíces o muebles, sean estos corporales o incorporales, tales como acciones bonos, derechos en sociedades, títulos de inversión, instrumentos financieros y todo tipo de valores, con el propósito de percibir sus frutos, pudiendo organizar, promover, constituir y tomar parte en toda clase de sociedades, sean de persona o de capitales, pudiendo para tales efectos adquirir participaciones, acciones o derechos, y enajenarlos sin limitación alguna; b) Prestar todo tipo de asesorías, en especial en materia de inversiones, financieras y de negocios; y c) en general, realizar cualquier acto que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social.”. B) CARLOS LUIS BRITO CLAISSAC donó, cedió y transfirió a i) MARÍA JESÚS BRITO SEPÚLVEDA, la nuda propiedad de un 7,5% de los derechos sociales en la Sociedad, y a ii) CARLOS JOSÉ BRITO SEPÚLVEDA, la nuda propiedad de un 7,5% de los derechos sociales en la Sociedad. Consta en escritura extractada los certificados de pago de impuestos a la donación emitidos por el Servicio de Impuestos Internos y autorización judicial otorgada por el 2° Juzgado Civil de Santiago por sentencia definitiva de fecha 28 de noviembre de 2022, en autos rol V-226-2021, que se encuentra firme y ejecutoriada. Carlos Luis Brito Claissac se reserva el usufructo vitalicio de los derechos sociales donados. C) MARÍA ANGÉLICA SEPÚLVEDA DONOSO donó, cedió y transfirió a i) MARÍA JESÚS BRITO SEPÚLVEDA, la nuda propiedad de un 7,5% de los derechos sociales en la Sociedad, y a ii) CARLOS JOSÉ BRITO SEPÚLVEDA, la nuda propiedad de un 7,5% de los derechos sociales en la Sociedad. Consta en escritura extractada los certificados de pago de impuestos a la donación emitidos por el Servicio de Impuestos Internos y autorización judicial otorgada por el 23° Juzgado Civil de Santiago por sentencia definitiva de fecha 14 de octubre de 2022 complementada con resolución de fecha 27 de octubre de 2022, en autos rol V-230-2021, que se encuentra firme y ejecutoriada. En virtud de lo anterior, María Angélica Sepúlveda Donoso se reserva el usufructo vitalicio de los derechos sociales donados. D) Como consecuencia de las donaciones señaladas, MARÍA JESÚS BRITO SEPÚLVEDA y CARLOS JOSÉ BRITO SEPÚLVEDA ingresaron como socios a la Sociedad, y se reemplazó el artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de 169.200.000 pesos.-, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: Uno) CARLOS LUIS BRITO CLAISSAC ha aportado el 35% del capital social, equivalente a 59.220.000 pesos, los que han sido íntegramente pagados y enterados en arcas sociales. Dos) MARÍA ANGÉLICA SEPÚLVEDA DONOSO ha aportado el 35% del capital social, equivalente a 59.220.000 pesos, los que han sido íntegramente pagados y enterados en arcas sociales. Tres) MARÍA JESÚS BRITO SEPÚLVEDA ha aportado el 15% del capital social, equivalente a $25.380.000, los que han sido íntegramente pagados y enterados en arcas sociales. Cuatro) CARLOS JOSÉ BRITO SEPÚLVEDA ha aportado el 15% del capital social, equivalente a $25.380.000, los que han sido íntegramente pagados y enterados en arcas sociales.”. En todo lo no modificado por la escritura, permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de marzo 2023.