MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Agrícola Pangea SpA

RUT 77380717-5 CVE 2304910
Capital
$150.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de abril de 2023

Instrumento

Fecha
20 de abril de 2023
Repertorio
4245-23
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Agrupación Comunas Temuco

Sociedad

Capital
$150.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Que con fecha 14 de abril de 2023 don Fernando Lucas Calderara Cea, domiciliado para estos efectos en Avenida San Martin N° 745, oficina 501, ciudad de Temuco, redujo a escritura pública, ante mí, anotada bajo el Repertorio N°4245-23, Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada ante mí con esa misma fecha, de la sociedad por acciones Agrícola Pangea SpA, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, a fojas 1.231 vuelta N° 729 del año 2021, y cuyo capital social es la suma de $150.000.000.- En el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas señalada precedentemente se acordó la modificación de la cláusula de administración de los estatutos sociales de la sociedad contenida en el artículo décimo octavo de los mismos, de la cual extracto lo siguiente: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía de la Sociedad corresponderá a don Alejandro Javier Carmach Ananías, a don Joan Manuel Sandoval Zambrano, a don Rodolfo Eduardo Mittersteiner Gutiérrez y a don Gustavo Ignacio Borman Haro, quienes, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran en la escritura extractada, no siendo necesario acreditar ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social. Se acordaron otras modificaciones que no son materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Temuco, 20 de abril de 2023.