CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones San Ignacio SpA

CVE 2303106
Fecha instrumento
4 de abril de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de abril de 2023
Repertorio
5243/2023
Notario
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ
Oficio
18° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros, excluyendo la facultad de captar libremente capitales del público

Administración

corresponderá a don JOAQUIN IGNACIO GUZMÁN ESPINOSA, con las facultades que se indican en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ, Abogado, Notario Público Titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Calle Huérfanos N°669, piso 8, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 4 de abril de 2023, Repertorio N° 5.243/2023, ante mí comparece: don JOAQUÍN IGNACIO GUZMÁN ESPINOSA, de nacionalidad chilena, divorciado, empresario, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos treinta y seis mil trescientos veinticinco guion ocho, domiciliado en calle Tabancura, número mil seiscientos trece, departamento dos mil ciento tres, comuna de Vitacura, ciudad Santiago, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones: NOMBRE: “INVERSIONES SAN IGNACIO SpA”. OBJETO o giro: a) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; b) La formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; c) Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, tales como: acciones, bonos, debentures, y , en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedad y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) La compraventa, consignación, permuta, distribución y arrendamiento, con o sin opción de compra, de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres, nuevos o usados; e) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; y f) La celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos, civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, excluyendo la facultad de captar libremente capitales del público. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie e igual valor, que se suscriben y pagan según lo previsto en el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO de los estatutos sociales aportados en dinero efectivo por los constituyentes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a don JOAQUIN IGNACIO GUZMÁN ESPINOSA, con las facultades que se indican en la escritura extractada. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida pudiendo disolverse y liquidarse en los términos estipulados en el artículo trigésimo de la escritura de constitución. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 05 de abril 2023.