SERVICIOS VETERINARIOS MARAÑÓN VÁSQUEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de marzo de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43a. Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La prestación servicios médicos veterinarios;
Administración
La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a uno cualquiera de las socias Camila Daniela Marañón Prieto y Claudia Alejandra Vásquez Gacitúa quienes representaran a la sociedad con las más amplias facultades de administración, actuando en la forma que indica la escritura;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43a. Notaría de Santiago, Paseo Huérfanos 835, piso 18, Comuna Santiago, certifica: certifico: por escritura pública de fecha 23 de marzo de 2023, CAMILA DANIELA MARAÑÓN PRIETO, cédula nacional de identidad número 16.718.398-0; y CLAUDIA ALEJANDRA VASQUEZ GACITUA, cédula nacional de identidad número 18.661.6103-3; ambas domiciliadas para estos efectos en calle Heriberto Covarrubias N°679 departamento 510, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Nombre: El nombre de la sociedad es “SERVICIOS VETERINARIOS MARAÑÓN VÁSQUEZ LIMITADA”; Objeto: El objeto de la sociedad será: La prestación servicios médicos veterinarios; Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de los socios podrá manifestar su intención de poner término al plazo original o cualquiera de sus prórrogas mediante escritura pública debidamente inscrita al margen de la matriz, con una anticipación mínima de sesenta días; Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a uno cualquiera de las socias Camila Daniela Marañón Prieto y Claudia Alejandra Vásquez Gacitúa quienes representaran a la sociedad con las más amplias facultades de administración, actuando en la forma que indica la escritura; Capital: El capital social es la suma de seiscientos mil de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) doña Camila Daniela Marañón Prieto, aporta la cantidad de trescientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento del capital social, íntegramente pagados y enterados a la caja social, y; b) doña Claudia Alejandra Vásquez Gacitúa, aporta la cantidad de trescientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento del capital social, íntegramente pagados y enterados a la caja social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de abril de 2023.