Sociedad Estancia Dorada Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2023
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ
- Oficio
- 2º Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, Notario Público titular de la 2º Notaría de Viña del Mar, Arlegui Nº 333 número, local Nº 111, Viña del Mar. Certifico: hoy ante mi IRENE MENESES GALLARDO cédula de identidad Nº 8.786.812-5 , JORGE ALFREDO ROJAS CANALA, cédula de identidad Nº 4.340.540-3 ambos domiciliados en calle cinco norte Nº 625 Viña del Mar y JORGE HUMBERTO ROJAS MENESES, cédula de identidad Nº 17.996.475-1 domiciliado en calle Emiliano Figueroa Nº 450, departamento Nº 603, Reñaca, Viña del Mar.; modificaron sociedad: “Sociedad Estancia Dorada Limitada” Rol Único Tributario Nº 76.210.572-1, inscrito su extracto a fojas 790 Nº 868, Registro de Comercio año 2012, Conservador de Bienes Raíces de Viña del mar, con un capital social de $30.000.000, aportado por de la siguiente forma: Doña IRENE MENESES GALLARDO poseedora del 20% derechos sociales y don JORGE ALFREDO ROJAS CANALA poseedor del 80% derechos sociales. Como sigue: Jorge Alfredo Rojas Canala vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales a don JORGE HUMBERTO ROJAS MENESES quien los compra y adquiere para si en la suma de $24.000.000, al contado, pagados, forma estipulada escritura. Luego se retira cedente de la sociedad. En consecuencia, quedan como únicos socios doña IRENE MENESES GALLARDO con un 20% de derechos en la sociedad y don JORGE HUMBERTO ROJAS MENESES con un 80% de derechos en la sociedad. Se modifica cláusula quinta, en sentido que administración, representación y uso razón social corresponderán exclusivamente a IRENE MENESES GALLARDO y JORGE HUMBERTO ROJAS MENESES, podrán actuar en forma indistinta y separada, con facultades citadas en escritura constitutiva social. En lo no modificado sigue vigente pacto social. Viña del Mar, 24 de marzo de 2023.- Francisco Javier Fuenzalida Rodríguez.