MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GRUPO CULINARIO 19 LIMITADA

RUT 76475659-2 CVE 2302406
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2022
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
LIMITADA socio 76475659-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura publica de fecha 29 de Diciembre de 2022, otorgada ante mí, don NICOLÁS HARTMUTH VON KOELLER ROMÁN, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número 12.137.719-5, actuando por sí y en representación de la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIÓN LOS LINGUES SpA., sociedad con rol único tributario número 76.475.659-2, ambos con domicilio en La Vega Alta N°6.875 comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en calidad de cedente; y en calidad de cesionario, don PABLO FERNANDO ROBERTS SANHUEZA, chileno, abogado, cédula de identidad número 17.154.011-9, actuando por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES LLAIMA SpA, empresa del giro de su denominación, rol único tributario número 77.209.158-3, ambos con domicilio en Avenida Sucre número mil seiscientos ochenta y siete, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quienes celebraron un contrato de cesión de derechos sociales y modificación de estatutos sociales de la sociedad GRUPO CULINARIO 19 LIMITADA, RUT 76.475.659-2, en el siguiente tenor:la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIÓN LOS LINGUES SpA., vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales a la sociedad INVERSIONES LLAIMA SPA, quien los compró y aceptó para sí, en la suma de diecinueve millones de pesos $(19.000.000), pagados en la forma señalada en la escritura. Así mismo, don NICOLÁS HARTMUTH VON KOELLER ROMÁN, actuando por sí, vendió, cedió y la totalidad de sus derechos sociales a don PABLO FERNANDO ROBERTS SANHUEZA, ya individualizado, en la suma de un millón de pesos ($1.000.0000), pagados en la forma señalada en la escritura. En conformidad a la salida de los socios, la sociedad queda compuesta por los siguientes socios: INVERSIONES LLAIMA SpA con el 99,5% de los derechos de la sociedad y don PABLO FERNANDO ROBERTS SANHUEZA, con el 0,5% derechos de la sociedad. Al mismo tiempo se procedió a Modificar los estatutos sociales, en la que los únicos socios a raíz de la cesión de derechos de la sociedad GRUPO CULINARIO 19 LIMITADA reemplazaron los artículos “SEGUNDO”, “TERCERO” y “CUARTO”, relativo al objeto social de la empresa, razón social y la administración de la misma, quedando a partir de hoy, de la siguiente forma: En cuanto alobjeto de la sociedad será dividido en; A) Actividades Principales: Realizar todo tipo de inversión sobre bienes inmuebles, sean estos, bienes raíces, acciones y derechos, pudiendo recaer en derechos de otras empresas; Desarrollar todo tipo de inversión en inmuebles rurales y urbanos, pudiendo arrendar y subarrendar distintos bienes para el desarrollo de esta actividad. B) Actividades Secundarias: Prestación de servicios a Terceros, asesoramiento, acompañamiento y orientación en proceso de inversión a todo tipo de personas, ya sea naturales o jurídicas, de origen pública o privada, de forma individual o agrupado con otras sociedades; realización de actividades de apoyo y marketing en todo tipo de actividades de inversión, pudiendo contratar o subcontratar personas naturales o jurídicas para la realización de los fines; desarrollar otras actividades menores en distintas actividades que resulten necesarias para las otra actividades y objetos de la empresa. y C) Actividades Terciarias: La elaboración, distribución, comercialización, compra y venta, al por mayor y al detalle de toda clase de productos alimenticios; D) la explotación de restaurantes, bares, centros de recreación y ramos similares al turismo, en establecimientos propios o ajenos. Respecto a la cláusula TERCERO, La razón social será: INVERSIONES G19 LIMITADA, pudiendo actuar ante instituciones públicas y privadas, instituciones y entidades comerciales y bancarias bajo el nombre de fantasía, INVERSIONES G19 LTDA.” Respecto a la cláusula CUARTO. La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Pablo Fernando Roberts Sanhueza, cédula de identidad número diecisiete millones ciento cincuenta y cuatro mil once guion nueve, mayormente individualizada en la comparecencia, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. Demás estipulaciones en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 03 de Febrero de 2023.-