Sociedad Agrícola San Valentín Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2023
- Notario
- JORGE CARVALLO VELASCO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
- Domicilio
- comuna de La Estrella
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, a cuyo vencimiento el plazo se prorrogará en forma tácita y sucesivamente por periodos iguales
Objeto social
La explotación por cuenta propia o de terceros inmuebles con destino agrícola, o con destino urbano y afectación agrícola, o con destino agroindustrial, siembra, plantación y explotación de toda clase de producción agrícola, frutícola y forestal implementación de tecnología para el riego, la producción, la agroindustria, y en general cualquier otro objeto vinculado al negocio agrícola o agroindustrial, incluida la exportación de productos de la misma naturaleza y el desarrollo experimental, científico y comercial de servicios accesorios. En general esta persona jurídica podrá dedicarse a negocios similares o a aquellos que sus socios estimen necesarios, ya sea que se relacionen o no con el objeto social antes enunciado, pudiendo celebrar todos los actos y contratos, que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que sus socios determinen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE CARVALLO VELASCO, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en esta ciudad, Calle Claudio Cancino 60, Pasaje Marcel, certifico: Que por escritura pública de hoy ante mí, doña Elsa Gloria Férnández Camus, domiciliada para estos efectos en Fundo el Valle sin numero La Estrella; por si y en representación de don Christian Valentín Fernández Fernández, domiciliado para estos efectos en Fundo el Valle sin numero La Estrella; y don Sergio Javier Urzúa Padilla, , domiciliado en para estos efectos en Fundo San Rafael Hijuela Nº 5 Lote 1 La Estrella; modificaron “Sociedad Agrícola San Valentín Limitada”, en el sentido siguiente:don Christian Valentín Fernández Fernández, debidamente representado por doña Elsa Gloria Fernandez Camus vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, que equivalen al veinticinco por ciento del total de los derechos en la sociedad, a doña Elsa Gloria Fernández Camus, quien los compra y adquiere para sí. El precio de la venta son $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) pagado al contado. Atendidas las cesiones efectuadas, por el presente instrumento, se modifica el artículo séptimo por el siguiente: “Son en la actualidad únicos socios de Sociedad Agricola San Valentín Limitada: doña Elsa Gloria Fernández Camus, con un cincuenta por ciento y don Sergio Javier Urzúa Padilla, con el cincuenta por ciento restante de los derechos sociales.” Asimismo, los socios transformaron“ Sociedad Agrícola San Valentín Limitada”, Rut 76.286.460-6, constituida por escritura públicade fecha trece de Mayo de dos mil cinco, ante Notario Público de Santiago Raúl Iván Perry Pefaur, cuyo extracto fue inscrito a fojas tres número tres del Registro de Comercio del Conservador de Litueche, del año dos mil cinco y fue publicada en la edición numero treinta y ocho mil ciento ochenta y cinco del Diario Oficial de fecha catorce de Junio del año dos mil cinco en una Sociedad por Acciones de cuyos estatutos, extracto lo siguiente: Nombre o Razón social: Sociedad Agricola San Valentin SpA”. accionistas son: Elsa Gloria Férnández Camus y Sergio Javier Urzúa Padilla, individualizados en la comparecencia. Objeto: La explotación por cuenta propia o de terceros inmuebles con destino agrícola, o con destino urbano y afectación agrícola, o con destino agroindustrial, siembra, plantación y explotación de toda clase de producción agrícola, frutícola y forestal implementación de tecnología para el riego, la producción, la agroindustria, y en general cualquier otro objeto vinculado al negocio agrícola o agroindustrial, incluida la exportación de productos de la misma naturaleza y el desarrollo experimental, científico y comercial de servicios accesorios. En general esta persona jurídica podrá dedicarse a negocios similares o a aquellos que sus socios estimen necesarios, ya sea que se relacionen o no con el objeto social antes enunciado, pudiendo celebrar todos los actos y contratos, que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que sus socios determinen. Capital Social: El capital de la sociedad es la cantidad de $200.000.000 ( doscientos millones de pesos), dividido y representado en un cien acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal que se suscriben y se pagan en la forma que señalan los artículos transitorios, de estos estatutos. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, a cuyo vencimiento el plazo se prorrogará en forma tácita y sucesivamente por periodos iguales. Domicilio: comuna de La Estrella, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que accionistas establezcan en resto del país o el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santa Cruz, 05 de Abril de 2023.