CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES ALIANZA DOS SpA

RUT 18234250-5 CVE 2300663
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
25 de enero de 2023
Notaría
Antofagasta
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de enero de 2023
Repertorio
263-2023
Notario
JUAN TREUER MOYA
Oficio
Cuarta Notaria de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la ciudad será la ciudad de Antofagasta
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Compraventa, arrendamiento, importación y exportación de todo tipo de vehículos o medios de transportes, sean estos, automóviles, buses, camiones, nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con flete, traslado y transportes de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; b) El transporte terrestre urbano e interurbano de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros; la administración y explotación a cualquier título, de vehículos de transporte de pasajeros y la representación de personas naturales y jurídicas que presten estos servicios; c) Prestación integral de servicios de transporte general de mercadería, almacenamiento y distribución de stocks, facturación, cobro y gestiones administrativas, a personas físicas o jurídicas; d) Comercializadora e importadora de todo tipo de repuestos para vehículos, maquinarias y equipos de toda clase. Por último realizar todas las operaciones, negocios, actos jurídicos y)o contratos concernientes con estos objetos, relacionados o no, conexos o afines, en general cuanta actividad de comercio los constituyentes determinen, estén o no vinculadas con los rubros anteriores; y e) Cualquier otra actividad que acuerden los socios, y que la costumbre mercantil determine o que le sean afines al

Administración

La administración de la sociedad, será ejercida por dos administradores, quienes de forma indistinta y)o conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social podrán ejercer la administración general de la sociedad en la forma y con las limitaciones que para cada caso se contemplen, quienes a su vez serán los representantes legales de la misma, pudiendo ser remunerados o no conforme lo establezca la junta de accionistas, durando el cargo en forma indefinida, salvo los socios pacten los contrario; Los administradores podrán ejercer en forma indistinta las facultades de administración que a continuación se enumeran, con la limitación de las facultades señaladas en las letras b, c y d, las cuales deberán ser ejercidas de forma exclusiva enconjunto por ambos administradores de la sociedad. Antofagasta , 25 de Enero de 2023

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN TREUER MOYA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Antofagasta, domiciliado en la calle Latorre Nº 2441, comuna y ciudad de Antofagasta, extracto de escritura pública otorgada con fecha 25 de enero de 2023, bajo el repertorio Nº 263-2023 de constitución de sociedad por acciones, comparece don FRANCO ANDRÉS FRÍAS SANTANDER, cédula nacional de identidad Nº 18.234.250-5, domiciliado en la ciudad de Antofagasta, calle Santa Marta Nº 1020 casa 9, sector Coviefi y don IVÁN ALFREDO REYES BARRERA, cédula nacional de identidad Nº 11.477.759-0, domiciliado en la ciudad de Antofagasta, calle Huellelhue Nº 1113 A, sector Coviefi constituyen una sociedad por acciones al tenor de las siguientes disposiciones: A) NOMBRE: TRANSPORTES ALIANZA DOS SpA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía ALIANZA DOS SpA; B) ACCIONISTAS: Don FRANCO ANDRÉS FRÍAS SANTANDER, cédula nacional de identidad Nº 18.234.250-5. y don IVÁN ALFREDO REYES BARRERA, cédula nacional de identidad Nº 11.477.759-0; C) OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Compraventa, arrendamiento, importación y exportación de todo tipo de vehículos o medios de transportes, sean estos, automóviles, buses, camiones, nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con flete, traslado y transportes de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; b) El transporte terrestre urbano e interurbano de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros; la administración y explotación a cualquier título, de vehículos de transporte de pasajeros y la representación de personas naturales y jurídicas que presten estos servicios; c) Prestación integral de servicios de transporte general de mercadería, almacenamiento y distribución de stocks, facturación, cobro y gestiones administrativas, a personas físicas o jurídicas; d) Comercializadora e importadora de todo tipo de repuestos para vehículos, maquinarias y equipos de toda clase. Por último realizar todas las operaciones, negocios, actos jurídicos y/o contratos concernientes con estos objetos, relacionados o no, conexos o afines, en general cuanta actividad de comercio los constituyentes determinen, estén o no vinculadas con los rubros anteriores; y e) Cualquier otra actividad que acuerden los socios, y que la costumbre mercantil determine o que le sean afines al objeto social. ; D) DOMICILIO: El domicilio de la ciudad será la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establecieren en otros lugares del país o del extranjero. Para el desarrollo de la sociedad podrán constituir una o más unidades de negocios, independientes entre sí, en cuanto a su administración, patrimonio, contabilidad y personal; E) DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y su duración será indefinida; F) CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000 (un millón de pesos dividido en quinientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Las acciones se tendrán por emitidas a partir de la fecha de la suscripción de la presente escritura, sin necesidad de impresión de láminas físicas de dichos títulos; G) ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, será ejercida por dos administradores, quienes de forma indistinta y/o conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social podrán ejercer la administración general de la sociedad en la forma y con las limitaciones que para cada caso se contemplen, quienes a su vez serán los representantes legales de la misma, pudiendo ser remunerados o no conforme lo establezca la junta de accionistas, durando el cargo en forma indefinida, salvo los socios pacten los contrario; Los administradores podrán ejercer en forma indistinta las facultades de administración que a continuación se enumeran, con la limitación de las facultades señaladas en las letras b, c y d, las cuales deberán ser ejercidas de forma exclusiva enconjunto por ambos administradores de la sociedad. Antofagasta , 25 de Enero de 2023.