MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MÉDICA PARODI Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78536830-4 CVE 2300731
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de marzo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de marzo de 2023
Notario
Pablo A. González Caamaño
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 30 de Marzo de 2023, ante mi, don EZIO ENRICO GIO BATTA PARODI DIAZ, doña ALESSANDRA IRENE PARODI RÍOS, don LEONARDO GIOBATTA PARODI RÍOS, y doña FRANCESCA SILVANA PARODI RÍOS, chilena todos domiciliados para estos efectos en Pedro Gamboa 171 Las Condes; modifican SOCIEDAD MÉDICA PARODI Y COMPAÑÍA LIMITADA RUT 78.536.830-4, constituida el 7 de Julio del año 1994 ante el Notario don Gastón Iván Santibañez Soto, la que se inscribió a fojas 14380 N°11875 en el Registro de Comercio de Santiago del año 1994 y se publicó en el Diario Oficial el 16 de Julio de 1994; Que con fecha 2 de Abril del año 2018 falleció la socia doña MARÍA SOLEDAD RÍOS VIVANCO, dueña de un 2% de los derechos sociales, otorgándose la posesión efectiva de la causante por el Director Regional Región Metropolitana del Servicio del Registro Civil e Identificación de Chile a los herederos doña Alessandra Irene Parodi Ríos, don Leonardo Giobatta Parodi Ríos, a doña Francesca Silvana Parodi Ríos hijos de la causante y a don Ezio Enrico Giobatta Parodi Díaz en calidad de cónyuge de la causante, quedando la sociedad conformada por las siguientes personas y sus respectivos derechos sociales, los cuales son: ALESSANDRA IRENE PARODI RÍOS con 0,40%; don LEONARDO GIOBATTA PARODI RÍOS, con 0,40%; doña FRANCESCA SILVANA PARODI RÍOS con 0,40%; y don EZIO GIOBATTA PARODI DIAZ con 80,80%, actuales y únicos socios vienen en ratificar la cláusula relativa a la administración, la cual corresponderá a don EZIO PARODI DÍAZ, quien tendrá todas las facultades establecidas en la escritura constitutiva de la sociedad. Capital $1.000.000.- En todo lo no modificado por éste instrumento, queda vigente el pacto social primitivo.