Santa Elisa, Servicios y Asesorías Profesionales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de abril de 2023
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Administración
En virtud de lo anterior, se indica que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo séptimo de los estatutos de la Sociedad, la administración de ésta y el uso de su razón social corresponderá exclusivamente a don Cristóbal García-Huidobro Ramírez, quien la ejercerá anteponiendo su firma a la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público de la 38ª Notaria de Santiago, con oficio en Miraflores 178, piso 5, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 04 de abril de 2023, ante mí, Ilana Ronit Israel Suwalsky, debidamente facultada, en representación de Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling, Cristóbal García-Huidobro Ramírez y Pablo Andrés Ramírez Molina, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N°3910, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, los actuales y únicos socios de “Santa Elisa, Servicios y Asesorías Profesionales Limitada” en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 12.324, número 9.072 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007. En conformidad con las disposiciones de la Ley 19.499, viene en sanear los vicios formales de nulidad incurridos con ocasión de la modificación de la Sociedad, otorgada por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022, en la 38ª Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio en Miraflores 178, piso 5, comuna de Santiago, cuyo extracto fue inscrito a fojas 17.132, número 8.175 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, y publicado con fecha 20 de febrero del mismo año. Por un error involuntario, el extracto de la escritura de modificación no cumple con los requisitos establecidos por el artículo 354 del Código de Comercio, en cuanto a que el extracto no señala a quién se le encomienda la administración de la Sociedad y el uso de la razón social. En virtud de lo anterior, se indica que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo séptimo de los estatutos de la Sociedad, la administración de ésta y el uso de su razón social corresponderá exclusivamente a don Cristóbal García-Huidobro Ramírez, quien la ejercerá anteponiendo su firma a la razón social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 10 de abril de 2023.