Hunter Properties Administración SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2023
- Repertorio
- 1700-2023
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaria
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
Objeto social
iii) Se reemplaza el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y pago del
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por uno o más administradores, designado para tales efectos”. ii) Se reemplaza el artículo Décimo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO DÉCIMO: Designación de administradores. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a don Everaldo Mora Caddeo, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura repertorio 1700-2023, de fecha 27 de marzo de 2023, ante mí: don EVERALDO MORA CADDEO, en su calidad de único accionista, según registro de accionistas tenido a la vista, modificó la sociedad por acciones Hunter Properties Administración SpA, de acuerdo a lo siguiente: i) Se reemplaza el artículo Noveno de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO NOVENO: Forma de la administración. La administración de la sociedad será ejercida por uno o más administradores, designado para tales efectos”. ii) Se reemplaza el artículo Décimo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO DÉCIMO: Designación de administradores. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a don Everaldo Mora Caddeo, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. iii) Se reemplaza el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y pago del capital. El capital de la sociedad equivalente a $12.000.000, dividido en 120 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, cada uno de igual valor y características, a las que hace referencia el Artículo Quinto de los estatutos, se suscribe y paga de la siguiente forma: Don Everaldo Mora Caddeo, suscribe 120 acciones, equivalentes al cien por ciento de la partición accionaria de la sociedad, íntegramente suscritas y pagadas a esta fecha”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de marzo de 2023.-