MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Harmony Holdings SpA

RUT 76349008-4 CVE 2299810
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de marzo de 2023

Instrumento

Fecha
31 de marzo de 2023
Repertorio
1814-2023
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
Oficio
20ª Notaría

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público Titular 20ª Notaría, Santiago, Apoquindo N°4990, Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de fecha 31 de marzo de 2023, repertorio 1814-2023, ante mí, MATHIAS JESÚS CATALÁN COFRE, cédula de identidad número 18.830.413-3, debidamente facultado, redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Harmony Holdings SpA, con la participación de su única accionista la sociedad Ecoaldea Regenerativa Productiva SpA. La Junta acordó: (i) reconocer el aumento de capital experimentado por la sociedad, desde la suma de $1.000.000.- a la de $131.000.000.-. formalizado a través de la emisión de 13.000 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal y (ii) la forma en que se ejercerá la administración de la sociedad. En atención a los acuerdos adoptados por la Junta, se modificaron los artículos CUARTO y QUINTO permanentes por el siguiente tenor: CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de ciento treinta y un millones de pesos, dividido en trece mil cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas de conformidad a la forma descrita y lo establecido en artículo primero transitorio de los presentes estatutos. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de los títulos.- “QUINTO: Sin perjuicio de las materias que correspondan a la junta de accionistas o a la totalidad de los accionistas actuando conjunta o separadamente, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la o las personas que al efecto sean designadas, con las facultades que en cada caso se señalen, en junta de accionistas, por mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, cuya acta será protocolizada o reducida a escritura pública. Sin perjuicio de lo señalado, la unanimidad de los accionistas podrá designar directamente por escritura pública a la o las personas que detentarán la administración y el uso de la razón social.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de marzo de 2023.