MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

NEVEREND ENTERTAINMENT SpA

RUT 77737509-1 CVE 2297934
Capital
$1.650.290 CLP
Fecha instrumento
3 de abril de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de abril de 2023
Repertorio
24473/2023
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.650.290 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara, número ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, según consta del decreto judicial debidamente protocolizado, certifica: Por instrumento privado de acuerdo de accionistas sin forma de junta suscrito y protocolizado en mis registros con fecha 31 de marzo de 2023 bajo el repertorio N° 24.473/2023, RODRIGO FLORES ALONSO, en su calidad de único accionista de “NEVEREND ENTERTAINMENT SpA”, sociedad por acciones inscrita a fojas 24.669, número 11.267 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2023 (la “Sociedad”), modificó los estatutos de la Sociedad, en el siguiente sentido: UNO/ se aumentó el capital de la Sociedad, de la suma de $1.650.290, dividido en 1.650.290 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, en la cantidad de $2.851.860.000, mediante la emisión de 6.600.000 acciones de una nueva serie denominada “Serie A”. Como consecuencia del aumento de capital, el capital de la Sociedad asciende a $2.853.510.290 dividido en 8.250.290 acciones nominativas, sin valor nominal y que se distribuyen en las siguientes dos series de acciones: 1.650.290 Acciones Ordinarias y 6.600.000 Acciones Serie A. A la fecha, el capital suscrito y pagado de la Sociedad asciende a la cantidad de $412.500, representada por 412.500 Acciones Ordinarias. DOS/ se acordaron otras modificaciones a la Sociedad que no son materia de extracto. TRES/ se otorgaron estatutos refundidos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 3 de abril de 2023.