MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS AUSTRAL OCEAN LIMITADA

RUT 76738740-7 CVE 2297649
Fecha instrumento
30 de marzo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de marzo de 2023
Repertorio
10946-2023
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron reemplazar el artículo Segundo de los estatutos sociales, por el que se indica a continuación: “SEGUNDO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública de fecha 30 de marzo de 2023, Repertorio N° 10.946-2023, ante mí: don CRISTIÁN PABLO MORALES PERALTA, representado por ANA MARÍA YURI CASTELLÓN, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello número 2711, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago; don PATRICIO ALEJANDRO MORALES PERALTA, domiciliado para estos efectos en calle Gertrudis Echeñique número 260, departamento C, comuna de Las Condes, Santiago; y don FELIPE ANDRÉS MORALES PERALTA, domiciliado para estos efectos en calle Gertrudis Echeñique número 260, departamento C, comuna de Las Condes, Santiago; acordaron modificar la sociedad ASESORÍAS AUSTRAL OCEAN LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 76.738.740-7, inscrita a fojas 40.537, número 28.010 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009 (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: (i) Cesión de derechos: (a) don CRISTIÁN PABLO MORALES PERALTA, debidamente representado, vendió, cedió y transfirió a don FELIPE ANDRÉS MORALES PERALTA, quien a su vez compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes a un 50% de los derechos en el capital social de la Sociedad; y (b) don PATRICIO ALEJANDRO MORALES PERALTA, vendió, cedió y transfirió a don FELIPE ANDRÉS MORALES PERALTA, quien a su vez compró, aceptó y adquirió para sí, el 90% de de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes a un 45% de los derechos en el capital social de la Sociedad. Como consecuencia de la cesión de derechos referida, se retiró de la Sociedad don CRISTIÁN PABLO MORALES PERALTA. El cesionario limitó expresamente su responsabilidad al monto de su aporte. (ii) Capital social: Como consecuencia de la cesión de derechos indicada anteriormente, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron reemplazar el artículo Tercero de los estatutos sociales, por el que se indica a continuación: “TERCERO: CAPITAL SOCIAL. El capital social es la suma de dos millones de pesos que se aportan de la siguiente forma: (i) don CRISTIÁN PABLO MORALES PERALTA aporta la suma de cien mil pesos, que corresponde al cinco por ciento del haber social, íntegramente pagados; y (ii) don FELIPE ANDRÉS MORALES PERALTA aporta la suma de un millón novecientos mil pesos, que corresponde al noventa y cinco por ciento del haber social, íntegramente pagados.”. (iii) Objeto: Los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron reemplazar el artículo Segundo de los estatutos sociales, por el que se indica a continuación: “SEGUNDO: OBJETO SOCIAL. La sociedad tendrá por objeto las asesorías y consultorías en turismo, asesorías en ecoturismo, deportes extremos, traslado de pasajeros, asesorías en diseño de construcción y arquitectura, asesorías en deportes náuticos, capacitación en navegación, consultorías en idiomas, transporte de pasajeros, ya sea terrestre, marítimo o aéreo, servicios de Hotelerías, alimentación, diversión.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de Abril de 2023.