SOCIEDAD DE INVERSIONES CUATRO VIENTOS LIMITADA
Instrumento
- Notario
- GONZALO ENRIQUE BRION VARGAS
- Oficio
- Primera Notaría Rengo
- Comuna
- Rengo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO ENRIQUE BRION VARGAS, Notario Público Interino Primera Notaría Rengo, con oficio en esta ciudad calle Portales número ciento dos guion B, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, don JUAN ANTONIO TORRES RAMIREZ, domiciliado en población Vida Nueva número sesenta y seis, sector El Vaticano; don SANDRO ANTONIO PEREZ ESPINA, domiciliado en sector El Vaticano, sin número; don HERNAN AUGUSTO ALVAREZ CABELLO, domiciliado en calle El Vaticano número setenta y cinco; doña FRANCISCA ROCIO GONZALEZ PEREZ, domiciliada en calle El Vaticano Parcela Uno y don RODRIGO ANTONIO ARENAS GONZALEZ, domiciliado en calle Marcial Caro ciento ochenta y cuatro, El Vaticano; todos de la comuna de Requínoa, provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins modificaron SOCIEDAD DE INVERSIONES CUATRO VIENTOS LIMITADA y o INVERSIONES 4V LTDA, constituida por escritura pública de fecha veinticinco de enero del dos mil diecisiete, ante Notario Público de Rancagua Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fojas cuarenta y uno vuelta número treinta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Rengo año dos mil diecisiete, modificada a fojas sesenta y dos vuelta número treinta y cinco del año dos mil veinte Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Rengo. Capital de la sociedad cuarenta millones de pesos. Modificación en escritura pública extractada consistió: Doña FRANCISCA ROCÍO GONZÁLEZ PÉREZ vendió, cedió y transfirió el siete por ciento de los derechos sociales a don RODRIGO ANTONIO ARENAS GONZALEZ, quien los compró y adquirió para sí. Precio cesión fue de diez millones pesos que se pagaron en dicho acto, quedando como únicos y actuales socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES CUATRO VIENTOS LIMITADA: doña Francisca Rocío González Pérez, con el dieciocho por ciento del haber social, don Rodrigo Antonio Arenas González, con el siete por ciento del haber social: don Juan Antonio Torres Ramírez, con el veinticinco por ciento del haber social; don Sandro Antonio Pérez Espina, con el veinticinco por ciento del haber social; y don Hernán Augusto Álvarez Cabello, con el veinticinco por ciento del haber social. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Rengo, treinta de marzo de dos mil veintitrés.