INMOBILIARIA ROMINA VALENTINA FUENTES MANRIQUEZ E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2023
- Repertorio
- 992-2023
- Notario
- ILIARIA ROMINA VALENTINA FUENTES MANRIQUEZ E.I.R.L JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
- Oficio
- Décimo Segunda Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- N. fantasía
- “INMOBILIARIA OPEN HOUSE E.I.R.L. .”
- Capital
- $27.000.000 CLP
- Domicilio
- Talcahuano
- Duración
- Indefinida
Administración
Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña ROMINA VALENTINA FUENTES MANRIQUEZ conforme facultades escritura constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCONSTITUCION INMOBILIARIA ROMINA VALENTINA FUENTES MANRIQUEZ E.I.R.L JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Abogado, Notario Público, titular de la Décimo Segunda Notaria de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco, número novecientos ochenta, de la comuna de Concepción: certifico por Escritura Pública de fecha 31 de Marzo de 2023, repertorio 992-2023, ante mi, ROMINA VALENTINA FUENTES MANRIQUEZ, empresaria, cédula nacional de identidad número 19.107.314-2, domiciliada en Talcahuano calle Alto Horno 593, constituyó Empresa individual responsabilidad limitada. Razón social: “INMOBILIARIA ROMINA VALENTINA FUENTES MANRIQUEZ E.I.R.L”, Nombre de Fantasía: “INMOBILIARIA OPEN HOUSE E.I.R.L. .” Domicilio: Talcahuano, sin perjuicio de agencias o sucursales en otras partes del país o en extranjero.- Objeto la compra, venta, y arriendo de inmuebles, y cualquier otro negocio que la representante estime.- Administración: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña ROMINA VALENTINA FUENTES MANRIQUEZ conforme facultades escritura constitución.- Capital social: $27.000.000.- que el constituyente entera en arcas empresariales en acto constitución con la suma de $2.000.000.- , de contado, dinero efectivo y moneda nacional y con el aporte de 1 inmueble, que se individualiza y valora: : inmueble de su dominio y posesión personal siguiente: Lote cuarenta y cinco - B (45-B), cuyo acceso principal se encuentra por pasaje Uno número cuatro mil cuatrocientos cincuenta y uno (4451), resultante de la subdivisión del predio denominado lote cuarenta y cinco (45), del plano de subdivisión del inmueble correspondiente al lote C, del que fuera el fundo Andalién, de la ciudad y comuna de Concepción, de una superficie aproximada de doscientos treinta y dos coma ochenta y seis (232,86) metros cuadrados y deslinda: NORTE, con lote cuarenta y seis (46), en quince coma cincuenta y dos (15,52) metros; SUR, con lote cuarenta y cuatro (44), en quince coma cincuenta y dos (15,52) metros; ORIENTE, con pasaje Uno, en quince (15) metros; y PONIENTE, con lote cuarenta y cinco A (45 A), en quince (15) metros. El plano se archivó al final del Registro de Propiedad del año 2008, bajo el número ciento veintiocho (128). El inmueble referido se encuentra inscrito a fojas mil seiscientos cuarenta y uno (1641) número mil doscientos treinta y cinco (1235), del Registro de Propiedades a cargo del Señor Conservador de la ciudad y comuna de Concepción, correspondiente al año dos mil veintitrés. Dicho inmueble se encuentra enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el numero veintiún mil doscientos noventa y tres guión veintisiete de la comuna de Concepción, que la compareciente y constituyente adquirió Por escritura pública de diecinueve (19) de enero, Repertorio 199, complementada y rectificada por otra del veinticuatro (24) de febrero, Repertorio 594, ambas del año dos mil veintitrés (2023), otorgadas en la notaría de Concepción, de don Juan Avello San Martín, donde GINO ARIEL MOLINA AGUILERA, vendió a don Jorge Enrique Olivares, quien a su vez compró para doña Romina Valentina Fuentes Manríquez, el que es avaluado por la compareciente en la suma de veinticinco millones de pesos, quedando así enterado el capital aportado para la constitución de esta empresa individual de responsabilidad limitada y ascendente a la suma de veintisiete millones de pesos.- constituyente limita su responsabilidad al monto de su aporte.- Duración: tendrá una duración indefinida, pudiendo el constituyente terminarla en cualquier tiempo. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 05 de Abril de 2023.