MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Pasco Limitada

RUT 76002482-1 CVE 2297587
Capital
$125.124.565 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2023
Repertorio
6593
Notario
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
Oficio
Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$125.124.565 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos número dos mil ochocientos ochenta y nueve, Las Condes, Certifico: por escritura pública 13 de Marzo de 2023, Rep Nº 574 -2023, ante mí, don Andrés Patricio Achurra Mendicute, cédula de identidad N° 9.120.542–4, dom. El Brote N° 1566, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, en representación de doña Rufina Olga del Carmen Mendicute Gaete, cédula de identidad N° 4.016.951–2, dom. en calle Soria N° 849, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; comparece doña Marion Wilson Larraín, cédula de identidad N° 6.023.956–8, así como doña Alejandra Gabriela Godoy Wilson, cédula de identidad N° 9.830.988-8, por si y en representación de doña Magdalena Sofía Godoy Wilson, cédula de identidad N° 15.316.075–9, todas con domicilio en calle don Carlos N° 3035, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana. Los comparecientes modifican la sociedad Inmobiliaria Pasco Limitada, de acuerdo a las normas legales vigentes: Antecedentes.- Constitución.- La sociedad “Inmobiliaria Pasco Limitada.”, es una sociedad de responsabilidad limitada del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.002.482 – 1, la que fue constituida mediante escritura pública otorgada ante Notario de la ciudad de Santiago don Raúl Iván Perry Pefaur, con fecha 30 de julio de 2007, derivada del aumento de capital y posterior división de la sociedad Acrílicos Pasco Limitada. En consecuencia, los socios de la sociedad matriz, don Patricio Achurra González, don Sergio Godoy Bregaro y doña Marion Wilson Larraín, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “Inmobiliaria Pasco Limitada”, con domicilio en la ciudad de Santiago, cuyo objeto es la adquisición, venta, subdivisión, loteo, explotación, arrendamiento y tenencia de bienes raíces y obtención de rentas de dichos bienes y cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los anteriores, entre otros. La administración se ejercía indistintamente por sus socios, y su capital producto de la división de la matriz alcanzó los $125.124.565.-, íntegramente pagado y con las siguientes proporciones: a) don Sergio Godoy Bregaro, por el aporte de $21.258.663.-equivalentes al 16,99% de los derechos sociales; b) doña Marión Wilson Larraín, con el aporte de la suma de $41.303.619.- equivalentes al 33,01% , y; c) don Patricio Achurra González, con el aporte de la suma de $62.562.283.- equivalentes al 50% de los derechos sociales. Un extracto de la escritura de aumento de capital y posterior división y constitución de la sociedad inmobiliaria, se inscribió a fojas 39.572 n° 28.309 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, y no constan a la fecha modificaciones a la sociedad. Información sobre fallecimiento de socios y distribución y asignación de bienes. A la fecha de otorgamiento de escritura fallecieron dos de los tres socios constituyentes, por lo que luego de realizadas las adjudicaciones pertinentes se deja constancia de la constitución propietaria actual de los derechos sociales: A. Fallecimiento de don Patricio Ricardo Achurra González: El 14 de octubre de 2020 falleció don Patricio Ricardo Achurra González, cédula de identidad número 3.590.837-4. La posesión efectiva de la herencia fue concedida a sus herederos por resolución exenta número 83.647 de fecha 1 de diciembre de 2021, por parte del Director de la Región Metropolitana del Servicio de Registro Civil e Identificación y publicada en el Diario Cooperativa el 1 de diciembre de 2021. La posesión efectiva de su herencia intestada se inscribió en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas del Servicio de Registro Civil e Identificación bajo el número 77.736 - 2021 y se practicó el inventario y pagó el impuesto a la herencia que gravó las asignaciones de sus herederos. La sucesión de don Patricio Ricardo Achurra González se encuentra formada por: a) su cónyuge sobreviniente doña Rufina Olga del Carmen Mendicute Gaete, ya individualizada; b) por doña María Paz Edurne Achurra Mendicute, cédula de identidad N° 9.120.531 – 9) c) doña María Isabel Begoña Achurra Mendicute, cédula nacional de identidad N° 9.120.533 – 5; y finalmente, d) don Andrés Patricio Achurra Mendicute, cédula nacional de identidad N° 9.120.542 – 4. Distribución de los derechos en la sociedad. Los herederos definieron el destino de los bienes comunes mediante la “Escritura de partición y adjudicación – ‘Rufina Olga del Carmen Mendicute Gaete y otros’”, otorgada el 19 de agosto del año 2022 ante don Raimundo Wood Espinoza, Notario reemplazante de doña Myriam Amigo Arancibia, titular de la vigésimo primera notaría de Santiago. Los herederos ya individualizados definieron asignar a doña Rufina Olga del Carmen Mendicute Gaete, según el artículo quinto letra b) en relación con el artículo tercero número cinco, la totalidad del 50% de los derechos sociales que el causante mantenía en la compañía Inmobiliaria Pasco Limitada, asignándole un valor de adjudicación de $100.000.000.-. B. Fallecimiento de don Sergio Godoy Bregaro. El 13 de abril de 2018 falleció don Sergio Godoy Bregaro, brasileño, cédula de identidad para extranjeros N° 5.120.003 – 9. El causante otorgó testamento el 16 de julio del año 1992, ante don Miguel Garay Figueroa, Notario titular de la trigésima cuarta Notaría de Santiago, cumpliendo con los requisitos legales. Al fallecer, se tramitó la posesión efectiva ante el Tercer Juzgado Civil de Santiago, rol V guion 85 guion 2019, que en resoluciones del 29 de octubre y 26 de noviembre de 2019 concedieron la posesión efectiva testada sobre sus bienes a sus hijos Sergio Eugenio, Alejandra Gabriela y Magdalena Sofía, todos Godoy Wilson, y a su cónyuge doña Marion Wilson Larraín. El inventario de bienes protocolizado en la Notaria de don Juan Ricardo San Martín Urrejola el 7 de enero de 2020, consignó el 16,99% por ciento de los derechos en la sociedad Inmobiliaria Pasco Limitada, inscrita a fojas 39.572 N° 28.309, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007. El auto de posición efectiva se inscribió a fojas 82.219 número 115.940 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2020, con la subinscripcion de aprobación de pago de impuesto a la herencia; el testamento se inscribió a fojas 82.220 número 115.941 del mismo registro del año 2020, y la inscripción de herencia se practicó a fojas 82.220 número 115.942 del mismo Registro del año 2020, todos del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La sucesión de don Sergio Godoy Bregaro se encuentra formada por: a) su cónyuge sobreviniente doña Marion Wilson Larraín, quien comparece en este acto y se encuentra individualizada; b) por doña Alejandra Gabriela Godoy Wilson, su hija, que comparece y está individualizada en esta escritura; c) por doña Magdalena Sofía Godoy Wilson, hija, que comparece debidamente representada y está individualizada en esta escritura; d) su hijo don Sergio Eugenio Godoy Wilson, cédula de identidad número nueve millones ochocientos treinta y un mil uno guión cero (9.831.001 – 0). Distribución de los derechos en la sociedad. Mediante escritura de liquidación, partición y adjudicación de bienes de la Comunidad Hereditaria de Sergio Godoy Bregaro, otorgada el 2 de marzo del año 2022 ante Notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, repertorio 6593 – 2022, los herederos de don Sergio Godoy efectuaron partición y adjudicación de los bienes quedados a su fallecimiento, dentro de los cuales se incluyen los derechos en la sociedad “Inmobiliaria Pasco Limitada”, equivalentes al 16,99% de los derechos en el capital social que correspondían al causante, y se instituyó como sucesoras en esos derechos: a) a doña Alejandra Gabriela Godoy Wilson con un 8,49% de los derechos de la sociedad Inmobiliaria Pasco Limitada,- y b) a doña Magdalena Sofia Godoy Wilson, con el restante 8,5% de los derechos de la sociedad Inmobiliaria Pasco Limitada. Lo anterior, según se indica en la escritura de adjudicación en su art. cuarto letra C subnumeral i) y letra D subnumeral i) referido a las adjudicaciones, en relación con lo establecido en el artículo segundo letra H. Modificación. Salida de socios y distribución de derechos entre sus herederos. De conformidad a lo informado y compareciendo en el acto y/o debidamente representados quienes son sucesores legales y definidos de don Patricio Ricardo Achurra González, con el 50% de los derechos y de don Sergio Godoy Bregaro, con el 16,99% por ciento de los derechos en la sociedad “Inmobiliaria Pasco Limitada”, se procede a incorporarlos en la sociedad por el porcentaje que se han adjudicado respecto de cada uno de los causantes. Así, quedan como actuales socios de Inmobiliaria Pasco Limitada y con los porcentajes que a continuación se señalan: i) doña Alejandra Gabriela Godoy Wilson con un 8,49% de los derechos de la sociedad, que representa a su vez la suma de diez millones seiscientos veintitrés mil setenta y cinco pesos $10.623.075.- del capital estatutario, en calidad de sucesora y adjudicataria de una parte de los derechos sociales que eran de propiedad de don Sergio Godoy Bregaro; ii) doña Magdalena Sofia Godoy Wilson, con el restante 8,5% de los derechos de la sociedad, que representa a su vez la suma de $10.635.588.- del capital estatutario en calidad de sucesora y adjudicataria de una parte de los derechos sociales que eran de propiedad de don Sergio Godoy Bregaro; iii) doña Rufina Olga del Carmen Mendicute Gaete, con el 50% de los derechos de la sociedad, que representan a su vez la suma de $62.562.283.- del capital estatutario, en calidad de sucesora y adjudicataria de la totalidad de los derechos sociales que eran de propiedad de don Patricio Ricardo Achurra González; iv) finalmente, doña Marión Wilson Larraín, quien mantiene su aporte de la suma de $41.303.619.- en el capital estatutario de la sociedad, equivalentes al 33,01% de los derechos sociales. La suma de los valores antes indicados coinciden con el capital estatutario de la sociedad, de $125.124.565.-, y cierran el cien por ciento de los derechos sobre el capital social. Modificación de cláusula de capital. En razón de lo expuesto, se modificó la cláusula quinta de los estatutos sociales en el sentido de que el capital social alcanza los $125.124.565.-, íntegramente pagado, aportado por los socios de la siguiente forma: a) doña Alejandra Gabriela Godoy Wilson, la suma de $10.623.075.- , equivalentes al 8,49% de los derechos sociales; b) doña Magdalena Sofia Godoy Wilson, la suma de $10.635.588.- equivalentes al 8,5% de los derechos sociales; c) doña Rufina Olga del Carmen Mendicute Gaete, la suma de $62.562.283.-, equivalentes al 50% de los derechos sociales; y finalmente, d) doña Marión Wilson Larraín, la suma de $41.303.619.- que representan el 33,01% de los derechos sociales. Modificación de la administración de la sociedad. Las socias de Inmobiliaria Pasco Limitada, determinaron que la administración y el uso de la razón social corresponderá a doña Alejandra Gabriela Godoy Wilson, con amplias facultades. Limitación de responsabilidad. La responsabilidad personal de las socias queda limitada a sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Santiago, 16 de Marzo de 2023.-