COMPAÑÍA ALTERNATIVA UNIVERSAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2023
- Notario
- SERGIO RODRIGO SANHUEZA RIOS
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO RODRIGO SANHUEZA RIOS, abogado, Notario Público Interino, Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, ante mi MARIA ANGELICA SANDOVAL PEREZ, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos ochenta y un mil cuarenta y cinco guión dos, domiciliada en calle Martín Lutero número cero mil ochocientos veinte, de la ciudad de Temuco; y doña STEFANIE EUGENIA LUISE VON DOSSOW TEILLIER, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos cuarenta y nueve mil doscientos treinta y siete guión cinco, domiciliada en calle Prieto Norte número doscientos quince de la ciudad de Temuco, en representación, de don JUAN CARLOS ESTEVAN DIAZ, cédula nacional de identidad número nueve millones quinientos treinta y seis mil setecientos diecisiete guión ocho, para estos efectos del mismo domicilio de su representante; y don JUAN CARLOS ESTEVAN SANDOVAL, cédula nacional de identidad número veinte millones setenta y nueve mil novecientos setenta y cuatro guión siete, domiciliado en calle Martín Lutero número cero mil ochocientos veinte de la ciudad y comuna de Temuco; exponen: Mediante escritura pública de fecha veintiséis de febrero del año mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Carlos Ramdohr Janssen, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “COMPAÑÍA ALTERNATIVA UNIVERSAL LIMITADA" y cuyo nombre de fantasía es “COPYTEK TEMUCO LTDA.”. Extracto inscrito a fojas ciento sesenta y seis número ciento cuarenta y uno del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos noventa y nueve; por escritura pública de fecha treinta de diciembre del año dos mil quince, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Héctor Basualto Bustamante, se modificó dicha sociedad, extracto inscrito a fojas doscientos sesenta y siete número ciento cincuenta y seis del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciséis. Capital: doce millones de pesos. Por el presente instrumento, don JUAN CARLOS ESTEVAN DIAZ, representado en la forma indicada en la comparecencia, cede la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, ascendente a un cincuenta por ciento, a don JUAN CARLOS ESTEVAN SANDOVAL, quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos. El valor de la cesión asciende a tres millones quinientos mil pesos, que se pagaron, en dinero efectivo, con anterioridad y en distintas parcialidades, declarando don JUAN CARLOS ESTEVAN DIAZ, representado en la forma indicada, haber recibido dicha suma a su entera satisfacción. Conforme cesión de derechos, don JUAN CARLOS ESTEVAN DIAZ deja de pertenecer a la sociedad individualizada y doña MARÍA ANGÉLICA SANDOVAL PÉREZ, en su calidad de socia de “COMPAÑIA ALTERNATIVA UNIVERSAL LIMITADA " declara que acepta y consiente en la cesión de derechos y retiro de socio. Por este instrumento, los socios, doña MARÍA ANGÉLICA SANDOVAL PÉREZ y don JUAN CARLOS ESTEVAN SANDOVAL, modifican la sociedad, en las siguientes condiciones: UNO) Se elimina la cláusula tercera de la escritura de modificación social de fecha treinta de diciembre del año dos mil quince, otorgada ante el Notario Público de esta ciudad don Héctor Basualto Bustamante y recobra su total vigencia la cláusula cuarta del pacto social primitivo, que consta en la escritura pública de fecha veintiséis de febrero del año mil novecientos noventa y nueve, en los términos allí expresados. En lo no modificado por el presente instrumento, sigue vigente en todas sus partes, el pacto social primitivo, que los socios declaran conocer, aceptar y ratificar en su integridad. Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 27 de Marzo de 2023.