MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Taramis de Responsabilidad Limitada

RUT 77712462-5 CVE 2295505
Fecha instrumento
24 de marzo de 2023

Instrumento

Fecha
24 de marzo de 2023
Repertorio
1658-2023
Notario
Claudio Salvador Cabezas
Domicilio
Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Claudio Salvador Cabezas, Notario Público Titular Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, Local 1, Lo Barnechea, Santiago, certifico que: por escritura pública otorgada con fecha 24 de marzo de 2023 ante mí, Repertorio N°1658-2023, certifico que: Ernesto Fernando Rojas Meza, ingeniero civil industrial, CI n° 8.455.701-3 y Ernesto Nicolas Andree Rojas Sevilla, ingeniero comercial, CI n° 18.025.615-6, ambos con domicilio en Camino El Huinganal n° 3566, dpto. 101, comuna de Lo Barnechea, vienen en sanear el extracto de constitución social y modificar escritura de constitución social de la “Sociedad Taramis de Responsabilidad Limitada” o “Taramis Limitada”, constituida por escritura pública de fecha 24 de enero de 2023, suscrita ante Cristian Andrés García Mechsner, Notario titular de la 2º Notaría de Quintero-Puchuncavi, con oficio en Santiago Torres n° 171, local 3, comuna de Puchuncaví, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fs. 12074, nº 5856, año 2023. MODIFICACION: Se modifica la disposición PRIMERA del estatuto social pasando la sociedad a sociedad a llamarse “Taramis Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada” o “Taramis Inversiones Limitada”. Además en la misma disposición el domicilio de la sociedad se modifica pasando a ser la comuna de Santiago. SANEAMIENTO: En el extracto de la escritura pública de constitución social, se incurrió en un error, pues se señaló que la administración en la escritura pero no se señaló en el extracto dicha mención por ello debe decir: “Corresponderán conjunta, separada e indistintamente a los socios, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las facultades propias de un factor de comercio y, en general, dispondrán de las más amplias facultades para realizar todos los actos comprendidos dentro del giro ordinario.” Por el presente instrumento y en este acto, los comparecientes vienen en sanear el vicio formal incurrido. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 24 de marzo de 2023.