RED DE PAGOS DEL COMERCIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2023
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 15 de marzo de 2023, ante mí, MercadoPago, LLC y SFSC, LLC, ambas con domicilio para estos efectos en Av. Apoquindo 4800, Torre I, Piso 21, Las Condes, Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de RED DE PAGOS DEL COMERCIO LIMITADA (RUT N° 76.123.174-K; e inscrita Fs. 21.025, Nº14.263 Reg. Comercio Stgo. 2010; la “Sociedad”), sanearon, de conformidad a las disposiciones de la Ley N°19.499, los vicios formales de los que adolecía la modificación de los estatutos de la Sociedad, efectuada mediante escritura pública otorgada en esta misma notaría con fecha 30 de septiembre de 2022, Rep. 16261.- /2022 e inscrita a Fs. 88277, N° 38726 Reg. Comercio Stgo. 2022. A partir de la referida modificación, se constituyó una sociedad denominada “RED PROCESADORA DE PAGOS LIMITADA”, cuyo extracto fue inscrito a Fs. 90021, N° 39447 Reg. Comercio Stgo. 2022 (la “Nueva Sociedad”). El vicio formal que fue saneado consiste la incorrecta denominación en la escritura de modificación del capital social de la Nueva Sociedad, y la contradicción entre el extracto y la referida escritura. Para los efectos a que haya lugar, se aclara que el extracto de la Nueva Sociedad, debidamente inscrito, no contiene errores. En consecuencia, se modificó el artículo sexto del estatuto de la Nueva Sociedad que quedó como sigue: “Sexto.- El capital de la sociedad es la cantidad de cuatro mil quinientos setenta y siete millones doscientos noventa y nueve mil cuatrocientos dieciocho pesos, que los socios han aportado y pagado como sique: /a/ MercadoPago, LIC, la cantidad de cuatro mil quinientos setenta y un millones ochocientos veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos, que representan el noventa y nueve coma ocho ocho cero cuatro cinco cuatro dos siete tres siete cinco nueve siete por ciento del capital social, íntegramente pagados; y /b/ SFSC, LLC, la cantidad de cinco millones cuatrocientos setenta y un mil novecientos sesenta y seis pesos, que representan el cero coma uno uno nueve cinco cuatro cinco siete dos seis dos cuatro cero tres por ciento del capital social, Íntegramente pagados”.- En todo lo no modificado y/o rectificado expresamente en virtud de este instrumento, la escritura de modificación de la Sociedad y los estatutos de la Nueva Sociedad continúan inalterados e íntegramente vigentes.- Demás estipulaciones y otras rectificaciones menores que no son materia de saneamiento, constan en escritura extractada.- Santiago, 03 de abril de 2023.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.