MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ILARREGUI SpA

RUT 77708435-6 CVE 2295619
Fecha instrumento
28 de marzo de 2023
Notaría
Curicó

Instrumento

Fecha
28 de marzo de 2023
Repertorio
239/2023
Notario
MONICA QUIROZ TRUJILLO
Oficio
Quinta Notaria de Curicó
Comuna
Curicó

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MONICA QUIROZ TRUJILLO, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de Curicó, con asiento en la comuna de Teno, con oficio en Avenida Comalle número ciento uno, comuna de Teno, CERTIFICA por escritura pública otorgada el 28 de marzo de 2023, repertorio N°239/2023, ante mí: doña Maria Elisa Monasterio Beltrán, chilena, divorciada, abogada, cédula nacional de identidad N° 8.775.366-2, domiciliada en calle Carmen Nº 1037, comuna y provincia de Curicó; rectificó y saneó la Sociedad Ilarregui SpA, Mediante escritura pública de fecha siete de febrero del año dos mil veintitrés, otorgada ante don Gonzalo Lozano Aránguiz, Notario Público Suplente de la Quinta Notaria de Curicó, con asiento en la comuna de Teno, repertorio N°118/2023, doña Maria Luisa Arraztio Silva, suscribió una escritura de resciliación de aporte y modificación de la sociedad Ilarregui SpA. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y dos, con fecha tres de marzo del año dos mil veintitrés. Rol Único Tributario: El rol único tributario de la Sociedad es el número setenta y siete millones setecientos ocho mil cuatrocientos treinta y cinco guión seis. Capital: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos. Rectificación: Por el presente instrumento, la compareciente viene en rectificar la escritura pública señalada en la cláusula anterior repertorio N° 118/2023, en los siguientes términos: Se rectifica la cláusula primero en el sentido de aclarar que la sociedad Ilarregui SpA, se encuentra inscrita a fojas mil cuatrocientos sesenta y seis número ochocientos sesenta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año dos mil catorce. Saneamiento. Por el presente instrumento y conforme lo establecido en el artículo 1° y siguientes de la Ley N° 19.499, sobre saneamiento de los vicios de nulidad de sociedades, la compareciente viene en sanear, para todos los efectos legales el vicio antes señalado, que es de naturaleza formal, a saber, inscripción fuera de plazo del extracto social, de manera que en razón de lo expuesto en este instrumento y de acuerdo a la Ley N° 19.499, se puede a partir de esta fecha dar estricto cumplimiento a los requisitos de saneamientos exigidos por la ley para este tipo de sociedades, consistentes en la inscripción dentro del plazo de un mes del extracto del acto constitutivo de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó y su publicación por una vez en el Diario Oficial. En lo no modificado queda plenamente vigente demás estipulaciones contenidas en escritura social original y sus modificaciones. Teno, 28 de marzo de 2023.