ICG Servicios Integrales SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2023
- Notario
- Juan Cristián Berríos Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.202.322 CLP
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristián Berríos Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, Sr. Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos Nº 941, Local 302, Pasaje Matte, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: don Esteban Eduardo Videla Aldea, redujo a escritura pública con fecha 15 de marzo del año 2023, ante mí, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de ICG SERVICIOS INTEGRALES SpA, celebrada con fecha 8 de marzo del año 2023, en la cual se acordó lo siguiente: /Uno/ Aumento de Capital. (a) Se dejó constancia que, a la fecha de celebración la Junta Extraordinaria de Accionistas, el capital social de la Compañía /incluyendo la distribución proporcional de la revalorización del capital propio, conforme al Artículo 10 de la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas/ asciende a la suma de $2.202.322.-; (b) Se aumentó el capital social de $2.202.322.-, dividido en 1.500 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $13.219.822.-, dividido en 9.000 acciones de iguales características, mediante la emisión de 7.500 acciones de pago, representativas de la cantidad total de $11.017.500.-, a un valor de $1.469.- por acción. /Dos/ Modificación de Estatutos. En consideración al aumento de capital descrito en el número /Uno/ precedente, se reemplazó el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: (i) “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de trece millones doscientos diecinueve mil ochocientos veintidós pesos, divido en nueve mil acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma estipulada en el Artículo Primero Transitorio siguiente.”; y (ii) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, ascendente a la suma de trece millones doscientos diecinueve mil ochocientos veintidós pesos, se divide en nueve mil acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 3 de abril del año 2023.- Juan Cristián Berríos Castro. Notario Suplente.-