MODIFICACIÓN Cooperativa

COOPERATIVA AGRICOLA FLORICULTORES DE PAN DE AZUCAR

CVE 2295626
Capital
$4.800 CLP
Fecha instrumento
29 de marzo de 2023
Notaría
Coquimbo

Instrumento

Fecha
29 de marzo de 2023
Notario
MARÍA JOSÉ MONTESINO BIANCHI
Oficio
5º Notaría Coquimbo
Comuna
Coquimbo

Sociedad

Capital
$4.800 CLP

Administración

Artículo 61°: Se incorpora la posibilidad de reemplazar la Junta de Vigilancia por un Inspector de Cuentas. Artículo 71°: Se modifica íntegramente el artículo respecto de las reservas. Artículo 72°: Se modifica íntegramente el artículo sobre los excedentes. Se hace presente que la Cooperativa tiene un capital inicial suscrito de $4.800.000 dividido en 400 cuotas de participación

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA JOSÉ MONTESINO BIANCHI, Notario Público Titular 5º Notaría Coquimbo, Borgoño N°412, certifico: Que, por escritura pública de fecha hoy, ante mí Don GABRIEL MARTINEZ HERRERA, chileno, casado, agricultor, cedula de identidad numero seis millones seiscientos treinta y tres mil quinientos siete guion cero, domiciliado en Sitio F, Santa Elena, Pan de Azúcar, Coquimbo, quién debidamente facultado viene en reducir a escritura pública el acta de la Junta General Especialmente Citada de la COOPERATIVA AGRICOLA FLORICULTORES DE PAN DE AZUCAR o FLORICOOP, mediante la cual se reforman los estatutos en los siguientes términos: Artículo 3°: Se incorporan nuevos objetos específicos de la cooperativa. Artículo 5°: Se modifican los requisitos para tener la calidad de socios/as. Artículo 7°: Se incorpora la facultad de la cooperativa de suspender o limitar temporalmente el ingreso de socios. Artículo 11°: Se modifica la información que se debe poner a disposición de cada nuevo socio y las formas en las que esta se puede poner a disposición. Artículo 12°: se modifican las obligaciones de los socios. Artículo 13°: Se incorporan nuevos derechos de los socios. Artículo 15°: se incorpora un párrafo al literal b) respecto a una de las causales de perdida de la calidad de socio. Artículo 16°: Se modifican íntegramente las sanciones a las que pueden dar lugar los actos u omisiones que contravengan las disposiciones del estatuto, sus Reglamentos y/o acuerdos de los órganos de la Cooperativa. Artículo 16° bis A: Se incorpora un procedimiento para la aplicación de sanciones cuando corresponda. Artículo 17°: Se modifica una de las instancias en las que los socios no pueden renunciar. Artículo 19°: Se modifica el derecho al reembolso de cuotas de participación. Artículo 23°: Se incorpora la forma de actuar de los herederos de un socio fallecido. Artículo 27°: Se modifica la forma en las que esta conformado el patrimonio y como se expresa participación de los socios en esta. Artículo 31°: Se modifican los literales b) y d). Artículo 32°: Se incorporan normas sobre proporcionalidad de género en las elecciones de los miembros de la Junta de Vigilancia. Artículo 32° bis: se incorporan normas para asegurar la proporcionalidad de genero en las elecciones. Artículo 34°: Se incorporan los distintos tipos de Juntas generales de Socios. Artículo 35°: Se reemplaza el plazo para la realización de la Junta General de Socios. Artículo 36°: Se incorpora la calidad de Junta General Especialmente citada. Artículo 39°: se modifica íntegramente el artículo sobre las actas de las Juntas Generales de Socios. Artículo 42°: Se modifica el proceso de elección de los miembros del Consejo de Administración y Junta de Vigilancia. Artículo 43°: Se incorpora un párrafo sobre las actas de las Juntas generales de Socios celebradas remotamente. Artículo 44°: Se reemplaza íntegramente el artículo permitiendo la realización de Juntas Generales de Socios por medios remotos. Artículo 46°: Se modifica la composición del Consejo de Administración. Artículo 61°: Se incorpora la posibilidad de reemplazar la Junta de Vigilancia por un Inspector de Cuentas. Artículo 71°: Se modifica íntegramente el artículo respecto de las reservas. Artículo 72°: Se modifica íntegramente el artículo sobre los excedentes. Se hace presente que la Cooperativa tiene un capital inicial suscrito de $4.800.000 dividido en 400 cuotas de participación. Demas estipulaciones en escritura extractada.- Coquimbo, 29 de marzo de 2023.