Comercial San Ignacio Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de marzo de 2023
- Repertorio
- 4005-2023
- Notario
- notario suplente de EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 3.918
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, notario suplente de EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de 34ª Notaría de Santiago, Av. Luis Thayer Ojeda Nº 359, Providencia, certifico que, por escritura pública, ante el titular con fecha 10 Marzo de 2023, Repertorio N°4.005 - 2023. Que debidamente representados PÍA ANDREA CASTRO CORREA y JAVIER IGNACIO CASTRO CORREA, ambos con domicilio en calle Martin de Zamora, Nº 4965 departamento 68, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, han saneado la modificación de la sociedad “COMERCIAL SAN IGNACIO LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 10 de Septiembre del año 2020, autorizada ante el Notario Público, Linda Scarlett Bosch Jiménez, cuyo extracto se inscribió a fojas 58603 Nº 27819 del Registro de Comercio de Santiago del año 2020 y cuya publicación en Diario Oficial se efectuó con fecha 16 de Septiembre del año 2020 en la edición Núm. 42.758, la sociedad fue modificada por escritura de fecha 5 de Diciembre del año 2022 otorgada ante Linda Scarlett Bosch Jiménez con domicilio en Av. Apoquindo Nº 4990, Las Condes, bajo el repertorio Nº 6442, dicha modificación fue inscrita en el a fojas 104421 Número 45968 del Registro de Comercio del Santiago del año 2022. SANEAMIENTO: que por un error involuntario la publicación de un extracto en el Diario Oficial de la escritura de modificación de fecha 5 de Diciembre de 2022 otorgada ante Linda Scarlett Bosch Jiménez con domicilio en Av. Apoquindo Nº 4990 Las Condes, no se realizo de acuerdo a lo que señala el artículo 3 de la ley 3.918, los únicos y actuales socios de Comercial San Ignacio Limitada debidamente representados sanearon al tenor de las disposiciones de la ley 19.499, la omisión, de no haber publicado en el Diario Oficial un extracto de la escritura de modificación indicada, en relación a lo indicado por el artículo 3 de la ley 3.918. Se sanean los vicios incurridos en la falta de oportuna publicación, y vicio consistente en la ausencia de publicación del extracto de la escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de Marzo de 2023.