MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA Y FORESTAL EL ASIENTO LIMITADA

RUT 76609630-1 CVE 2295447
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
22 de marzo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de marzo de 2023
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público, titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, oficina 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 22 de marzo de 2023, YAMANA GOLD INC., sociedad constituida bajo las leyes federales de Canadá, con domicilio en 200 Bay St. #2200, Toronto, ON M5J 2J3, Canadá; y MINERA YAMANA CHILE SpA, sociedad del giro de su denominación, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Cerro Colorado N° 5.240, Torre del Parque II, piso 9, oficina A, Las Condes, Santiago; modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “AGRÍCOLA Y FORESTAL EL ASIENTO LIMITADA”, inscrita a fojas 172 vuelta Nº 136 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla correspondiente al año 2006 (en adelante, la “Sociedad”), en los siguientes términos: Se dejó constancia que, en virtud de la fusión ocurrida en el extranjero con fecha 17 de marzo del año 2023 entre Minera Yamana Inc. con la sociedad Yamana Gold Inc., ésta última, sociedad absorbente y continuadora legal de Minera Yamana Inc., quedaron como únicos socios de la Sociedad: (i) Minera Yamana Chile SpA, con un 99,9% del capital social; y (ii) Yamana Gold Inc. con un 0,1% del capital social. En consecuencia, en su calidad de únicos socios de la Sociedad, acordaron sustituir los siguientes artículos de los estatutos sociales: (i) Se sustituye el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente nuevo texto: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de 5.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América. Los socios aportan el capital en las siguientes proporciones: (a) Minera Yamana Chile SpA, el equivalente al 99,9% del capital social; y (b) Yamana Gold Inc., el equivalente al 0,1% del capital social. El capital se enterará según lo requieran las necesidades de la Sociedad y en todo caso, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.”; y (ii) Se sustituye el Artículo Tercero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente nuevo texto: “ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de 5.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América, que se ha pagado y pagará por los socios de la siguiente manera: (i) Minera Yamana Chile SpA, titular del 99,9% de los derechos sociales, con 4.995.000 dólares de los Estados Unidos de América, de los cuales, la suma de 4.795.000 se encuentra totalmente pagada con anterioridad a esta fecha; y con la suma de 200.000 dólares de los Estados Unidos de América que se pagará mediante el aporte en dinero, la capitalización de créditos o bien, aportando acciones o derechos sociales en sociedades constituidas en Chile o en el extranjero u otros bienes, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025; y (ii) Yamana Gold Inc., titular del 0,1% de los derechos sociales, con 5.000 dólares de los Estados Unidos de América, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha.” Demás menciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de un extracto para su legalización. Santiago, 24 de marzo de 2023. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.-