MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA NEVADO ESCOCES SpA

RUT 76930911-K CVE 2295209
Fecha instrumento
16 de marzo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de marzo de 2023
Repertorio
2220
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico por escritura pública otorgada con fecha 16 de marzo de 2023, Repertorio N° 2.220, ante mí, comparecieron don Ramón Jara Contreras, cédula de identidad número 16.609.960-9, en representación de Angus Soft Fruit Chile SpA, Rol Único Tributario número 76.860.499-1, ambos domiciliados en Av. El Golf N° 99, piso 7, comuna de Las Condes, Santiago; y don Oscar de Blasis Vargas, cédula de identidad número 6.577.187-K, en representación de Sociedad Inmobiliaria y de Inversiones Huingan Limitada, Rol Único Tributario número 76.167.257-6, ambos domiciliados en calle Flor de Azucenas N° 42, oficina 22, comuna de Las Condes, Santiago; ambas sociedades en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad AGRÍCOLA NEVADO ESCOCES SpA (la “Sociedad”), y acordaron modificar el Artículo Décimo de los estatutos sociales de la Sociedad, referido a su administración, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Décimo: Administradores Sociales. La sociedad será administrada por los señores Paulo Muñoz Muñoz y Oscar de Blasis Vargas, en adelante y en conjunto, los administradores, quienes actuando siempre conjuntamente, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, salvo aquellas reservadas por el presente estatuto o la Ley a la Junta de Accionistas. Los administradores serán designados y removidos por la Junta de Accionistas de la sociedad, con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto; o bien mediante la suscripción por todos los accionistas de la sociedad o por el único accionista de ésta, en su caso, de una escritura pública o de un instrumento privado protocolizado ante un notario público. La escritura pública a la que se haya reducido el acta de la Junta de Accionistas respectiva, o la escritura pública o instrumento privado protocolizado ante notario público en que conste la designación o remoción deberá anotarse al margen de la inscripción de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente al domicilio de la sociedad”. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 29 de marzo de 2023.- HQM. Not. Pub.