TRANSPORTES CARLOS RAMÍREZ NÚÑEZ E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2023
- Notario
- Nicole Fernanda Gajardo Carrasco
- Domicilio
- (I) de Cañete
Sociedad
- N. fantasía
- TRANSPORTES ARAUCARIA E.I.R.L.” La empresa tendrá su domicilio en la comuna de Cañete, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
transporte terrestre urbano y)o interurbano de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros y cualquier otra actividad análoga o complementaria a la anterior, o cualquier otra que relacionada directa o indirectamente con el giro social. La administración, representación y uso del nombre y)o en nombre de fantasía corresponderá al constituyente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNicole Fernanda Gajardo Carrasco, Notario Público (I) de Cañete, Esmeralda 280, certifico: por escritura ante mi suplente abogado Marcel Mathieu Pommiez Ilufí, de 21/03/2023, Carlos Roberto Ramírez Núñez, Juan de Lazarte 078, Villa García Hurtado de Mendoza, Cañete, comuna de Cañete, chileno, soltero, empresario, C.I. 15.202.140-2, 40 años de edad, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada. Nombre: “TRANSPORTES CARLOS RAMÍREZ NÚÑEZ E.I.R.L.” Nombre de fantasía: TRANSPORTES ARAUCARIA E.I.R.L.” La empresa tendrá su domicilio en la comuna de Cañete, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: transporte terrestre urbano y/o interurbano de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros y cualquier otra actividad análoga o complementaria a la anterior, o cualquier otra que relacionada directa o indirectamente con el giro social. La administración, representación y uso del nombre y/o en nombre de fantasía corresponderá al constituyente. Capital: $1.000.000 en dinero efectivo enterado en caja. El empresario individual limita expresamente su responsabilidad hasta el monto de su respectivo aporte. El plazo de duración de la empresa individual será indefinido. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones en escritura extractada.