MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL DENIA LUZ BRAVO HERRERA Y OTROS LIMITADA

RUT 76719997-K CVE 2294784
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de marzo de 2023
Notaría
San Vicente

Instrumento

Fecha
24 de marzo de 2023
Repertorio
532-2023
Notario
IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ
Oficio
2da Notaria San Vicente de Tagua Tagua
Comuna
San Vicente

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Administración

La administración y representación tanto judicial como extrajudicial y uso de la razón social de la sociedad, corresponderá a todos los socios, los cuales están facultados para actuar en forma separada, ejecutar todos los actos, con todas las facultades de administración y disposición de bienes, manteniendo los socios todas y cada una de las facultades señaladas y numeradas en la escritura extractada. III Utilidades y perdidas. Las utilidades y eventuales pérdidas de los negocios sociales se prorratearán de acuerdo a la participación social. IV Fallecimiento. En evento de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con los herederos, quienes designarán un procurador común, a falta de acuerdo, lo designará el árbitro arbitrador

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ, notario público titular 2da Notaria San Vicente de Tagua Tagua, calle Carmen Gallegos número 320 certifico que: Que, por escritura repertorio 532-2023 de fecha 24/03/2023 doña DENIA LUZ BRAVO HERRERA, cédula nacional de identidad 17.504.031-5 domiciliada en San Miguel Arcángel número mil ochocientos noventa y seis, Villa Don Mateo número Cuatro de la comuna de Rancagua; doña NATALIE IVETTE BRAVO HERRERA, cédula nacional de identidad 15.109.550-k domiciliada en Jorge Montt número trescientos veintitrés, Villa Victor Nicoletti, comuna de Rengo; doña XIMENA OLGA BRAVO HERRERA, cédula nacional de identidad 18.647.622-0 domiciliada en Ruta H-Treinta, sector El Almendro sin número, comuna de Coltauco y don ROBERTO ANÍBAL BRAVO HERRERA, cédula nacional de identidad 15.108.983-6 domiciliado en Ruta H-Treinta, sector El Almendro sin número, comuna de Coltauco. Modifican “SOCIEDAD COMERCIAL DENIA LUZ BRAVO HERRERA Y OTROS LIMITADA”, nombre de fantasía “RONADEXI LTDA”, constituida por escritura pública de fecha 13/01/2017 otorgada en la Notaria de Peumo, ante don Roberto Bennett Urzúa, su extracto inscrito a fojas 238 vuelta número 188 del Registro de Comercio correspondiente al año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. CAPITAL, $4.000.000.-, Rol Único Tributario número 76.719.997-k. Modificación consiste en: I CESIÓN DE DERECHOS: a) doña DENIA LUZ BRAVO HERRERA vende, cede y transfiere el 40 % de su participación a don ROBERTO ANÍBAL BRAVO HERRERA, quien compra, acepta y adquiere para sí, en $1.600.000.- b) doña XIMENA OLGA BRAVO HERRERA vende, cede y transfiere el 15% de su participación en la sociedad a don ROBERTO ANÍBAL BRAVO HERRERA, quien compra, acepta y adquiere para sí, en $200.000.- Como consecuencia de la cesión referida la participación social queda: doña DENIA LUZ BRAVO HERRERA con un 10% del haber social, doña NATALIE IVETTE BRAVO HERRERA con un 25% del haber social, doña XIMENA OLGA BRAVO HERRERA con un 10% del haber social y don ROBERTO ANÍBAL BRAVO HERRERA con un 55% del haber social. II Administración. La administración y representación tanto judicial como extrajudicial y uso de la razón social de la sociedad, corresponderá a todos los socios, los cuales están facultados para actuar en forma separada, ejecutar todos los actos, con todas las facultades de administración y disposición de bienes, manteniendo los socios todas y cada una de las facultades señaladas y numeradas en la escritura extractada. III Utilidades y perdidas. Las utilidades y eventuales pérdidas de los negocios sociales se prorratearán de acuerdo a la participación social. IV Fallecimiento. En evento de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con los herederos, quienes designarán un procurador común, a falta de acuerdo, lo designará el árbitro arbitrador. Demás estipulaciones escritura extractada. - San Vicente, 30 de marzo de 2023.