MAESTRA VILLA ALEMANA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2023
- Repertorio
- 2697-2023
- Notario
- María Soledad Santo Muñoz
- Oficio
- 7ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Santo Muñoz, Notario Público 7ª Notaría Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: Con fecha 20 de marzo de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública, bajo el Repertorio N° 2.697-2023, acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de MAESTRA VILLA ALEMANA S.A., en adelante indistintamente la “Sociedad”, inscrita a fojas 23.776 N° 18.008 del Registro Comercio de Santiago correspondiente al año 2011, celebrada en mi presencia con fecha 20 de marzo de 2023, con asistencia del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto, y en la que se acordó, por unanimidad lo siguiente: (i) Aprobar la fusión de MAESTRA VILLA ALEMANA S.A. con AGRÍCOLA SAN FELIPE LIMITADA, mediante la absorción de esta última en la primera, adquiriendo la Sociedad todos los activos y pasivos de AGRÍCOLA SAN FELIPE LIMITADA, la que se disuelve por efecto de la fusión, sin necesidad de liquidación, de conformidad con lo establecido por el artículo 99 de la Ley de Sociedades Anónimas; (ii) Para materializar la fusión y reflejar la participación accionaria en el nuevo capital social de MAESTRA VILLA ALEMANA S.A., ésta emite 12.000 nuevas acciones, de las cuales 11.880 acciones son canjeadas por las actuales 1.200 acciones de que son titulares los accionistas de MAESTRA VILLA ALEMANA S.A., y las restantes 120 acciones emitidas son entregadas a los socios de AGRÍCOLA SAN FELIPE LIMITADA en canje de la participación que detentaban en esta última, a partir de lo cual, el capital de la Sociedad, ascendente a 1.204.255 pesos, dividido en 12.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, queda encuentra íntegramente suscrito y pagado. En razón de lo anterior, se sustituye el artículo quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 28 marzo de 2023.