Dr. Pablo Uauy SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2004
- Repertorio
- 4161-2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $405.362 CLP
- Domicilio
- ciudad de Chillán, Región de Ñuble
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
indistinta y separadamente a don Andrés Martín Uauy Nazal y a don Pablo Andrés Uauy Rabié
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRÉS MANCILLA GODOY, Notario suplente de la Notario Público Interino de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, doña ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, con oficio en Avenida Apoquindo número 3076, oficina 601, piso 6, Comuna de las Condes, certifico: por instrumento privado protocolizado otorgado con fecha 21 de marzo de 2023, registrada bajo el Repertorio N° 4161-2023, suscrito ante mí, don ANDRÉS MARTÍN UAUY NAZAL, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad N°16.555.207-9, domiciliado en La Espuela N°12.539, departamento 301, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y don PABLO ANDRÉS UAUY RABIÉ, chileno, casado y separado de bienes, médico cirujano, cédula de identidad N°6.982.308-4, domiciliado en El Taihuén N°12.488, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; en su calidad de únicos accionistas de la sociedad “Dr. Pablo Uauy SpA”, situación que es acreditada por el Notario teniendo a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad a la fecha; vienen en: 1) Transformar la sociedad “Dr. Pablo Uauy SpA”, constituida mediante escritura pública de fecha 16 de abril de 2004, otorgada ante Notario Público don Joaquín Tejos Henríquez, de la Segunda Notaría de Chillán, inscrita a fojas 134, N° 146 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2004, y publicada en el Diario Oficial del N° 37.854 con fecha 7 de mayo de 2021, en una sociedad de responsabilidad limitada, manteniendo el mismo Rol Único Tributario, personalidad jurídica, actos y pasivos, derechos y obligaciones, quedando la nueva organización como responsable de los impuestos que correspondieren en la gestión de su organización anterior, declaración ésta que se incluye para los efectos que pudiere corresponder del Código Tributario. Transformación efectiva desde la fecha de la escritura extractada, y bajo las principales estipulaciones que a continuación se indican. La sociedad de responsabilidad limitada resultado de la transformación se regirá por las estipulaciones que a continuación se indican, demás estipulaciones en la escritura extractada y por la Ley 3.918 de 14 de marzo de 1923 y sus modificaciones; y supletoriamente, en silencio del estatuto y dicha Ley, por todas las normas aplicables a las sociedades de responsabilidad limitada, en particular las disposiciones del Código Civil que versan sobre la materia. Nombre: SOCIEDAD DE PROFESIONALES UAUY LIMITADA. Domicilio: ciudad de Chillán, Región de Ñuble. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: la prestación exclusiva de servicios y asesorías profesionales en materias médicas de su especialidad; a saber, oftalmología. Ello incluye el diagnóstico y tratamiento de todo tipo de condiciones y enfermedades oculares además de la realización de todo tipo de exámenes necesarios para la prestación de sus servicios. La sociedad tendrá estrictamente prohibido prestar servicios o asesorías que no se enmarquen en la disciplina de su especialidad. Capital: $405.362.-, del cual don Andrés Martín Uauy Nazal aportará $152.011.- y don Pablo Andrés Uauy Rabié aportará $253.351.-, los cuales se entienden íntegramente pagados en este acto. Administración: indistinta y separadamente a don Andrés Martín Uauy Nazal y a don Pablo Andrés Uauy Rabié. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 23 de marzo de 2023.