MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Comercial A y V Limitada

RUT 77854170-K CVE 2293133
Capital
$99.979 CLP
Fecha instrumento
22 de marzo de 2023
Notaría
San Miguel Carrera

Instrumento

Fecha
22 de marzo de 2023
Repertorio
204-2023
Notario
otorgada ante doña Alejandra Loyola Ojeda
Domicilio
don Marcelo Esteban Varas Silva
Comuna
San Miguel Carrera

Sociedad

Capital
$99.979 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Marcelo Esteban Varas Silva socio 9795624-3
Viviana Margarita Gómez Valenzuela socio 11861224-8
Sociedad Comercial A y V Limitada socio 77854170-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAOLA JIMENEZ RIQUELME, abogada, Notario suplente de la Titular doña ALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA, de la Octava Notaría de San Miguel Carrera 2536, San Miguel, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 22 de marzo de 2023, Repertorio Nº204-2023 otorgada ante doña Alejandra Loyola Ojeda, Notario Público, don Marcelo Esteban Varas Silva, RUT: 9.795.624-3; y doña Viviana Margarita Gómez Valenzuela, RUT: 11.861.224-8, ambos con domicilio en Santiago, Laguna Verde Oriente 47, comuna de Maipú; modificaron Sociedad Comercial A y V Limitada, RUT: 77.854.170-k, inscrita a fojas 6664 número 5214, Registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil tres. Modificaciones consiste: i) Dividir la sociedad, creando nueva sociedad cuya razón social será “Inmobiliaria e Inversiones CGR21 Limitada”; ii) Disminuir el capital social en monto asignado cómo capital a la nueva sociedad por $99.979; iii) Modificar en consecuencia el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de noventa y nueve mil novecientos setenta y nueve pesos, que se pagan de la siguiente manera, a) Marcelo Esteban Varas Silva aporta la suma de cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y nueve coma cincuenta centavos equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagada; y b) Viviana Margarita Gómez Valenzuela aporta la suma de cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y nueve coma cincuenta centavos equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos, íntegramente pagada. Estatuto de sociedad que se crea a consecuencia de la división es objeto de extracto separado. Otras estipulaciones en escritura extractada. En San Miguel, a 27 de marzo de 2023.