Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2023
- Repertorio
- 10417/2023
- Notario
- ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- SANTA SOFÍA
- Capital
- $100.000 CLP
Objeto social
(a) el arrendamiento, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes muebles; b) la prestación de servicios, asesorías y consultorías en el área comercial y financiera; c) la inversión en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, entre ellos, acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Constituir e ingresar a todo tipo de sociedades. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros; d) en general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1070, Piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2023, Repertorio N° 10417/2023, ante mí, MARÍA ISABEL GARCÍA BARRIO, domiciliada en Fundo Puloyo, comuna de Osorno, Región de Los Lagos, constituyó sociedad por acciones. Nombre: SANTA SOFÍA SpA. Nombre de fantasía: SANTA SOFÍA. Objeto: (a) el arrendamiento, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes muebles; b) la prestación de servicios, asesorías y consultorías en el área comercial y financiera; c) la inversión en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, entre ellos, acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Constituir e ingresar a todo tipo de sociedades. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; d) en general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados. Capital: $100.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, y sin valor nominal. El capital queda suscrito y pagado en el acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada para legalización. Santiago 28 de marzo de 2023.