Parque Cuevas Volcánicas SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de marzo de 2023
- Repertorio
- 569/2023
- Notario
- FERNANDO RAFAEL GALASSI AEDO
- Oficio
- 5ª Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Ley aplicable
- ley Nº 19.499
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALBERTO HERNAN ORELLANA FERNANDEZ | socio | 10040359-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO RAFAEL GALASSI AEDO, Notario Público Suplente 5ª Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifico: Por escritura pública de fecha 08.03.2023, Repertorio 569/2023, ante mí, ALBERTO HERNAN ORELLANA FERNANDEZ, chileno, abogado, casado, C.N.I. N° 10.040.359-5, domiciliado en avenida Bernardo Ohiggins 140; comuna de Rancagua, quien debidamente facultado, el cual acredita su identidad con la cédula anteriormente citada y expone: PRIMERO: Por este acto vienen en sanear en conformidad a las normas establecidas en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve la sociedad Parque Cuevas Volcánicas SpA., Rol Unico Tributario número setenta y seis millones ciento cincuenta y ocho mil setenta y tres guión seis, constituida por escritura pública otorgada con fecha veintiocho de junio de dos mil once otorgada ante notario público de Santiago don Cosme Fernando Gomila Gatica, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha veintiuno de julio del dos mil once y se encuentra inscrita a fojas cuarenta mil ciento cincuenta y cinco número veintinueve mil ochocientos dos del año dos mil once del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se estableció en la cláusula quinta que el capital social es la suma de un millón de pesos.-. SEGUNDO: La Junta Extraordinaria de accionistas de fecha veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis; se redujo a escritura pública de fecha veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis en la otorgada en la Notaría de Rancagua de don Jaime Bernales Valenzuela, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio a fojas veinticinco mil cien uno número trece mil novecientos veintisiete del año dos mil diecisiete; sin embargo, dicha inscripción adolece de un vicio ya que se efectuó fuera de plazo legal como tampoco se publicó en el Diario Oficial el extracto de dicha junta. TERCERO: Por este acto viene en sanear en conformidad a las normas establecidas en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, respecto del vicio formal de inscripción y publicación de la Junta Extraordinaria de fecha 23 de Diciembre de 2016, y reducida a escritura pública con esa misma fecha ante Francisca Salas Medina, Notario Público Suplente del Titular 2 Notaría Rancagua Jaime Bernales Valenzuela, con oficio en Bueras 359 Of. 102, Rancagua, que corresponde a la Modificación de Estatutos en lo referente al Capital. CUARTO: Que de conformidad con las normas de la ley Nº 19.499, el compareciente viene en este acto en sanear el vicio antes anotado, mediante la extensión de esta escritura pública. Conforme el artículo 3º, inciso final de la citada ley, la inscripción de este extracto de esta escritura conjuntamente con el extracto anterior y se entenderá cumplido dicho requisito de legalidad practicado en tiempo y forma, con efecto retroactivo. QUINTO: Atendido lo mencionado en el artículo 3º, letra a), de la ley citada, no es necesario reproducir en este acto íntegramente el estatuto social. SEXTO: En todo lo no mencionado en este acto, sigue plenamente vigente el estatuto social pactado en la escritura pública mencionada en el artículo primero de esta escritura. Rancagua, 23 de marzo de 2023.