MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ENALTA CAPACITACIÓN LIMITADA

RUT 76297229-8 CVE 2291714
Fecha instrumento
23 de abril de 2015
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2015
Notario
Notario Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO
Domicilio
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
cinco años desde la fecha del pacto social, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales

Objeto social

la prestación de servicios de capacitación. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DAVID POZA MATUS, Notario Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO, Notario Público de Santiago, con Oficio en Avenida Vitacura 6.844, nivel menos uno, Vitacura, certifica: Por escritura hoy ante mí don GERMAN LUIS ROJAS VOLMAR, domiciliado en calle Roberto Peragallo número cinco mil ochocientos cuarenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, doña MACARENA DEL PILAR DURÁN CAMPOS, domiciliada en calle Yaguero número siete mil setecientos cuarenta y dos, comuna de Las Condes, Santiago, y don JOAQUÍN PATRICIO ALEGRÍA VOLMAR, domiciliado en calle Yaguero número siete mil setecientos cuarenta y dos, comuna de Las Condes, Santiago, quienes exponen que el señor Rojas Volmar y la señora Durán Campos, son los únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada ENALTA CAPACITACIÓN LIMITADA, de su giro, rol único tributario setenta y seis millones doscientos noventa y siete mil doscientos veintinueve guión ocho, con domicilio en calle Las Hualtatas número siete mil ochocientos setenta y ocho, comuna de Vitacura, Santiago, constituida por escritura pública de fecha 23 de abril 2015, otorgada ante el Notario de Santiago don Luis Poza Maldonado, cuyo extracto se inscribió a fojas 33.274 Nº 19.692 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2015 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 09 de mayo 2015, producto de la modificación y transformación de la sociedad por acciones OTEC ORTIZ Y GUZMAN ASOCIADOS SpA con el nombre de fantasía “OTEC CARJASAIN SpA”, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, por los preceptos pertinentes de los Código Civil y de Comercio y, en especial, por lo señalado en el estatuto social de que esa escritura da cuenta. El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, que se aporta en partes iguales por sus únicos y actuales socios señor Rojas Volmar y señora Durán Campos, el que se encuentra ingresado a la caja social. Esta sociedad se encuentra actualmente vigente, siendo actualmente los únicos socios los comparecientes señor Rojas Volmar con el cincuenta por ciento de los derechos sociales, y la señora Durán Campos, con el restante cincuenta por ciento de los derechos sociales. El señor Rojas Volmar y la señora Durán Campos, quienes se retiran de la sociedad, venden ceden y transfieren la totalidad de sus derechos sociales a un precio de cuatro millones de pesos, cada uno, al señor Alegría Volmar, quien los compra, acepta y adquiere para sí. De lo anterior, el señor Alegría Volmar queda con el cien por ciento de los derechos de la sociedad, cuyo capital social asciende a la suma de ocho millones de pesos, los que se encuentran ingresados a la caja social. El señor Alegría Volmar, en su calidad de único socio, modifica y transforma la sociedad a SOCIEDAD POR ACCIÓN, quedando en calidad de único accionista. RAZON SOCIAL: “ENALTA CAPACITACION Spa”. que podrá usar también la denominación “ENALTA CAPACITA Spa”, DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales a establecer dentro o fuera del país. OBJETO: la prestación de servicios de capacitación. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: corresponde al único accionista don Joaquín Patricio Alegría Volmar, quien podrá anteponer la razón social a su firma. CAPITAL: Ocho millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto, aportados en su totalidad por el señor Alegría Volmar, único accionista, enterándolos en este acto en dinero en efectivo, los que han ingresado a la caja social. DURACIÓN: cinco años desde la fecha del pacto social, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 14 de Marzo del 2023.