MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRIETO, FELIÚ Y ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76446526-1 CVE 2291236
Fecha instrumento
17 de febrero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2023
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público de la 36° Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción N°65, Piso 2, Providencia, Santiago, Certifico: que por escritura pública de fecha 17 de febrero de 2023 ante mí, doña CAROLINA ARLETTE VILLOUTA POBLETE, cédula nacional de identidad número 15.327.718-4; don MARCIO ANDRÉ PRIETO FARÍAS, cédula nacional de identidad número 14.133.432-8, ambos domiciliados en Altos de Parque Oriente número 8110, casa 25, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña CAROLINA INÉS FELIÚ MOLINA, cédula nacional de identidad número 15.378.443-4; don ARIEL JUAN PABLO CARREÑO HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad número 14.023.751-5, ambos domiciliados en calle El Greco número 6822, comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “PRIETO, FELIÚ Y ASOCIADOS LIMITADA”, Rol Único tributario número 76.446.526-1, inscrita a fojas 59478 número 32204 del Registro de Comercio de Santiago del año 2016, en los siguientes términos: a) Don ARIEL JUAN PABLO CARREÑO HERNÁNDEZ, vende, cede y transfiere a doña CAROLINA ARLETTE VILLOUTA POBLETE, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes a un 20 por ciento de participación en la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de cuatrocientos mil pesos, cantidad que es pagada en este acto al contado y en dinero en efectivo; b) Don MARCIO ANDRÉ PRIETO FARÍAS vende, cede y transfiere a doña CAROLINA INÉS FELIÚ MOLINA, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes a un 20 por ciento de participación en la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de cuatrocientos mil pesos, cantidad que es pagada en este acto al contado y en dinero en efectivo. En consecuencia, se modifica el artículo sexto de los estatutos, quedando como sigue: “Artículo Sexto.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, que los socios aportaron y pagaron íntegramente en dinero en efectivo y que corresponde a sus actuales socios como sigue: a) CAROLINA ARLETTE VILLOUTA POBLETE, con el cuarenta y cinco por ciento de participación en los derechos sociales, esto es la suma de novecientos mil pesos; b) CAROLINA INÉS FELIÚ MOLINA, con el cuarenta y cinco por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es la suma de novecientos mil pesos; c) MARCIO ANDRÉ PRIETO FARÍAS, con el cinco por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es la suma de cien mil pesos; y, d) ARIEL JUAN PABLO CARREÑO HERNÁNDEZ, con el cinco por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es la suma de cien mil pesos. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 16 de marzo de 2023.