MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Profesionales Auren Global Auditores y Consultores Limitada

RUT 76774916-3 CVE 2290919
Fecha instrumento
15 de marzo de 2023

Instrumento

Fecha
15 de marzo de 2023
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Domicilio
- Por lo anteriormente expuesto, mediante el mismo acto además se saneó de conformidad con lo dispuesto por la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, el vicio formal consistente en la falta de oportuna inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, del extracto antes referido. En consecuencia el mencionado vicio se entenderá corregido con el otorgamiento de la escritura de saneamiento extractada y la consiguiente inscripción y publicación oportuna de un extracto de la misma

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 15 de marzo de 2023, otorgada ante mí, doña MARCELA ALEJANDRA CID RIVEROS por sí y en representación de doña PATRICIA ISABEL CID RIVEROS, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Aldunate número seiscientos veinte, oficina seiscientos tres, de la ciudad y comuna de Temuco; vinieron en sanear y rectificar, aclarar o complementar según sea el caso, la escritura pública de fecha trece de febrero de dos mil veintitrés, repertorio número ochocientos dieciséis - dos mil veintitrés ante el Notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, mediante la cual acordaron y formalizaron la transformación de la sociedad Auren Global Auditores y Consultores SpA a una sociedad de responsabilidad limitada, bajo la razón social de “Asesorías Profesionales Auren Global Auditores y Consultores Limitada”. El extracto de la referida escritura pública se publicó en el Diario Oficial de fecha veinte de febrero de dos mil veintitrés y, hasta la fecha no se ha inscrito en el Registro de Comercio de Temuco. Advirtiendo que existe un error en el número de acciones en que se divide el capital social indicadas en dicha escritura así como el extracto de la misma, ésta no se ha inscrito dentro de los plazos legales en el Registro de Comercio.- Así entonces, en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de cuatro de abril de mil novecientos noventa y siete sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, las comparecientes en su calidad de únicas socias, vinieron en sanear y rectificar, aclarar o complementar según sea el caso, la escritura pública de transformación de sociedad ya citada, en el sentido de reemplazar el texto íntegro del artículo segundo relativo al actual capital y accionistas y el artículo tercero, numeral uno y dos relativo a la compraventa de acciones, de la forma que sigue: Donde dice: “SEGUNDO: ACTUAL CAPITAL Y ACCIONISTAS.- En la actualidad, el capital de AUREN GLOBAL AUDITORES Y CONSULTORES SpA, asciende a la suma de quinientos mil pesos, y se encuentra dividido en un total de quinientas mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por la accionista compareciente doña Marcela Alejandra Cid Riveros.-“ Debe decir: “SEGUNDO: ACTUAL CAPITAL Y ACCIONISTAS.- En la actualidad, el capital de AUREN GLOBAL AUDITORES Y CONSULTORES SpA, asciende a la suma de quinientos mil pesos, y se encuentra dividido en un total de quinientas acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por la accionista compareciente doña Marcela Alejandra Cid Riveros.-” Donde dice: “TERCERO: COMPRAVENTA DE ACCIONES: Uno) Por el presente instrumento doña Marcela Alejandra Cid Riveros vende, cede y transfiere a doña Patricia Isabel Cid Riveros, quien compra, acepta y adquiere para sí, la cantidad de cinco mil acciones, de las que es propietaria la vendedora en la sociedad AUREN GLOBAL AUDITORES Y CONSULTORES SpA, haciéndole entrega simbólica del título en que constan las acciones transferidas. Dos) El precio de esta compraventa es la suma total y única de cinco mil pesos, equivalentes a un precio unitario de un peso por acción, que se pagan en este acto, al contado y que el vendedor declara haber recibido a su entera satisfacción.- Las acciones que son objeto del presente contrato, no tienen cotización bursátil.-“ Debe decir: “TERCERO: COMPRAVENTA DE ACCIONES: Uno) Por el presente instrumento doña Marcela Alejandra Cid Riveros vende, cede y transfiere a doña Patricia Isabel Cid Riveros, quien compra, acepta y adquiere para sí, la cantidad de cinco acciones, de las que es propietaria la vendedora en la sociedad AUREN GLOBAL AUDITORES Y CONSULTORES SpA, haciéndole entrega simbólica del título en que constan las acciones transferidas. Dos) El precio de esta compraventa es la suma total y única de cinco mil pesos, equivalentes a un precio unitario de mil pesos por acción, que se pagan en este acto, al contado y que el vendedor declara haber recibido a su entera satisfacción. - Las acciones que son objeto del presente contrato, no tienen cotización bursátil.” Por lo antes expuesto, se procederá a efectuar las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que en rigor correspondieran dentro de los plazos que la ley indica para este caso.- Por otro lado, considerando que el extracto de la modificación social referida, no obstante haber sido oportunamente publicado en el Diario Oficial, a la fecha del instrumento que extracto no ha sido inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, que corresponde al domicilio social.- Por lo anteriormente expuesto, mediante el mismo acto además se saneó de conformidad con lo dispuesto por la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, el vicio formal consistente en la falta de oportuna inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, del extracto antes referido. En consecuencia el mencionado vicio se entenderá corregido con el otorgamiento de la escritura de saneamiento extractada y la consiguiente inscripción y publicación oportuna de un extracto de la misma.Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 23 de marzo de 2023.-