MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GLOBAL INTEGRATED SERVICES SpA

RUT 76296183-0 CVE 2290076
Capital
$14.855.413.705 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2023
Repertorio
4032-2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$14.855.413.705 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos numero 979, oficina número 501, Santiago, certifico: con fecha 14 de marzo de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el Repertorio N°4.032-2023, Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad GLOBAL INTEGRATED SERVICES SpA (la “Sociedad”), Rol Único Tributario número 76.296.183-0, inscrita a fojas 18.254, bajo el número 11.890 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2013, celebrada con fecha 13 de marzo de 2023, también ante mí, en la que se acordó: (1) Aumentar el capital estatutario de la Sociedad en la suma de $797.190.000.-, esto es, desde la cantidad de $14.058.223.705.-, dividido en 13.436.207 acciones nominativas y sin valor nominal, distribuidas en: (i) 10.373.339 acciones de la Serie Ordinaria, y (ii) 3.062.868 de la Serie A Preferente, todas íntegramente suscritas y pagadas; a la nueva suma de $14.855.413.705.-, dividido en 13.706.642 acciones nominativas y sin valor nominal, distribuidas en: (i) 10.643.774 acciones de la Serie Ordinaria, y (ii) 3.062.868 de la Serie A Preferente, mediante la emisión de 270.435 acciones ordinarias, sin valor nominal y nominativas, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo de 180 días contados desde la fecha de celebración de la Junta. (2) Como consecuencia del acuerdo indicado en el número (1) anterior, se modificaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los textos que se indican a continuación: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es $14.855.413.705.-, dividido en 13.706.642 acciones sin valor nominal, nominativas y que se distribuyen en las siguientes dos series de acciones: a) “Serie Ordinaria”, compuesta por 10.643.774 acciones ordinarias, con las características que confiere la ley a las acciones ordinarias (en adelante, las “Acciones Ordinarias”); y, b) “Serie A”, compuesta por 3.062.868 acciones preferentes, con las características especiales que se indican en el Artículo Sexto siguiente (en adelante, las “Acciones Serie A” o las “Acciones Preferentes”). El capital se encuentra suscrito en su totalidad y ha sido y será pagado en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos.”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de $14.855.413.705.-, dividido en 13.706.642 acciones que se distribuye de la siguiente forma: i) Con la cantidad de $6.856.426.298.-, dividido en 10.373.339 acciones ordinarias, sin valor nominal, nominativas, íntegramente suscrito y pagado; ii) Con la cantidad de $7.201.797.407.-, dividido en 3.062.868 acciones preferentes, con las características especiales que se indican en el Artículo Sexto de los estatutos sociales, sin valor nominal, nominativas, íntegramente suscrito y pagado; y iii) Con la cantidad de $797.190.000.-, representado por 270.435 acciones ordinarias, sin valor nominal, nominativas y de una misma serie, íntegramente suscrito y que deberá ser pagado en el plazo de 180 días contado desde el día 13 de marzo de 2023. En el caso que las acciones pendientes de pago no sean pagadas en el plazo que se indica y tan pronto como dicho plazo concluya sin haberse cumplido tal condición, el capital de la Sociedad será reducido de pleno derecho y las acciones pendientes de suscripción y pago serán eliminadas de los registros de la Sociedad, a menos que la unanimidad de los accionistas de la Sociedad acuerde lo contrario, mediante escritura pública o instrumento privado protocolizado, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción social.” Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Santiago, 17 de marzo de 2023.