CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2023
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.673.896 CLP
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura social y tendrá una duración de 5 años prorrogables automática y sucesivamente por periodos de 5 años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente”. 3) MODIFICACIÓN ESTATUTO ACTUAL DE “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”. Consecuente con la división y disminución de capital ocurrido en la sociedad “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”, los socios comparecientes modifican y reemplazan el Artículo Quinto del Estatuto Social, referido al capital y aportes, por el siguiente texto: “QUINTO: El capital social será la suma de $326.104, que los socios han aportado, en dinero efectivo, ingresado a la caja social, de la siguiente manera: doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ aporta la suma de $130.442, correspondiente a un 40% del capital social, el que se paga con anterioridad a este acto; don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, aporta la suma de $146.747, correspondiente a un 45% del capital social, el que se paga con anterioridad acto; y la “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA”, debidamente representada, aporta la suma de $48.915, correspondiente a un 15% del capital social, el que se paga con anterioridad a este acto
Objeto social
El objeto de la sociedad consistirá en la compraventa, construcción, inspección, reparación, ampliación, modificación de toda clase de bienes inmuebles sea por cuenta propia o ajena; el loteo y urbanización de terrenos, la inversión en inmuebles, la representación de personas jurídicas o naturales en el rubro inmobiliario, y demás negocios que los socios acuerden
Administración
La administración corresponderá a don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES y a doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ, indistintamente, con las facultades que se indican en la escritura que se extracta
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Osorno | socio | 76030254-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular de la 41° Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1.160, Subsuelo, Comuna de Santiago, certifica que por escritura pública hoy ante mí, comparecen: doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ; don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, ambos con domicilio en calle Alcalde Bertín número 415, de la comuna de Osorno, y de paso en esta, y la “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA”, sociedad del giro que indica su nombre, con domicilio en calle Zenteno 1512, de la comuna de Osorno, debidamente representada por don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, ya individualizado precedentemente, quienes acreditan su identidad, exponen: los comparecientes únicos y actuales socios de la sociedad “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”, sociedad con domicilio en Osorno, RUT N° 76.030.254-6 , Inscrita a fojas 289, número 223, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, correspondiente al año 2008, con capital de $3.000.000, los únicos socios acordaron modificar sociedad de la Sgte. manera: 1) DIVISIÓN de la sociedad “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”: Se acuerda por los socios crear a partir de ella una nueva sociedad de responsabilidad limitada, la cual se denominará “INMOBILIARIA LOS ARRIEROS LIMITADA”, a la cual se le aportará la parte del patrimonio y activos de propiedad de la sociedad “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”, según da cuenta estados financieros e informe pericial que se adjuntan a escritura extractada, y como consecuencia disminuir capital de “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA” de $3.000.000, a la suma de $326.104 asignando como capital, en la distribución de patrimonios, a la nueva sociedad la suma de $2.673.896. 2) ESTATUTO NUEVA SOCIEDAD “INMOBILIARIA LOS ARRIEROS LIMITADA”: cuyo estatuto extractable es el Sgte: “En Santiago, de Chile, a veintisiete de Febrero del año dos mil veintitrés, ante mi, FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Paseo Huérfanos número mil ciento sesenta, subsuelo, Santiago, comparecen: doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ; don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES ambos con domicilio en calle Alcalde Bertín número cuatrocientos quince, de la comuna de Osorno, y de paso en esta, y “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA”, sociedad del giro que indica su nombre, con domicilio en calle Zenteno mil quinientos doce, de la comuna de Osorno, debidamente representada por don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, ya individualizado precedentemente. Por el presente instrumento los comparecientes vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada regida por la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, así como por las disposiciones pertinentes del Código Civil y de Comercio en lo que sea aplicable y, en especial por las estipulaciones del presente pacto social. RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social será “INMOBILIARIA LOS ARRIEROS LIMITADA”, pudiendo actuar válidamente, para todos los efectos legales, de publicidad y ante los Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía “LOS ARRIEROS LTDA”. OBJETO. El objeto de la sociedad consistirá en la compraventa, construcción, inspección, reparación, ampliación, modificación de toda clase de bienes inmuebles sea por cuenta propia o ajena; el loteo y urbanización de terrenos, la inversión en inmuebles, la representación de personas jurídicas o naturales en el rubro inmobiliario, y demás negocios que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN. La administración corresponderá a don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES y a doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ, indistintamente, con las facultades que se indican en la escritura que se extracta. CAPITAL. El capital social con que se ha constituido “INMOBILIARIA LOS ARRIEROS LIMITADA” es de $2.673.896, el que queda aportado por los socios de la siguiente forma: doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ aporta la suma de $1.069.558, correspondiente a 40% del capital social, el que se paga en este acto; don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, aporta la suma de $1.203.253, correspondiente a un 45% del capital social, el que se paga en este acto; y la “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA”, debidamente representada, aporta la suma de $401.085, correspondiente a un 15% del capital social, el que se paga en este acto. Dicho capital se da enteramente por pagado con la asignación de la parte del patrimonio de “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”, incorporado a la sociedad naciente. DURACIÓN. La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura social y tendrá una duración de 5 años prorrogables automática y sucesivamente por periodos de 5 años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente”. 3) MODIFICACIÓN ESTATUTO ACTUAL DE “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”. Consecuente con la división y disminución de capital ocurrido en la sociedad “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”, los socios comparecientes modifican y reemplazan el Artículo Quinto del Estatuto Social, referido al capital y aportes, por el siguiente texto: “QUINTO: El capital social será la suma de $326.104, que los socios han aportado, en dinero efectivo, ingresado a la caja social, de la siguiente manera: doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ aporta la suma de $130.442, correspondiente a un 40% del capital social, el que se paga con anterioridad a este acto; don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, aporta la suma de $146.747, correspondiente a un 45% del capital social, el que se paga con anterioridad acto; y la “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA”, debidamente representada, aporta la suma de $48.915, correspondiente a un 15% del capital social, el que se paga con anterioridad a este acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Stgo. 27-02-2023. FELIX JARA CADOT. N.T.