Instrumento
- Fecha
- 10 de marzo de 2023
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) Invertir en todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como en bonos, depósitos, valores mobiliarios y efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, tanto en Chile como en el exterior, bienes raíces o cuotas de ellos; tomar interés o participar como socio, aportante, accionista o comunero en empresas, fondos o sociedades de cualquier naturaleza, tanto en Chile como en el exterior, organizar, constituir, incorporarse o formar parte de empresas, fondos o sociedades de cualquier tipo, pudiendo suscribir u otorgar todo tipo de contratos necesarios al efecto; financiar, promover, administrar y explotar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de inversiones, negocios, empresas o sociedades; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases, pudiendo para todos los efectos anteriores ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o disposición; b) Realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, en el desarrollo de toda clase de proyectos, y c) en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Abogado, Notario Público Interino de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública otorgada con fecha 10 de marzo de 2023, ante mí: UNO) doña Verónica Krell Rivera; DOS) don Eduardo Samuel Baitelman Jaime, constituyen sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan: Razón social: “INVERSIONES BK SpA”. Objeto: a) Invertir en todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como en bonos, depósitos, valores mobiliarios y efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, tanto en Chile como en el exterior, bienes raíces o cuotas de ellos; tomar interés o participar como socio, aportante, accionista o comunero en empresas, fondos o sociedades de cualquier naturaleza, tanto en Chile como en el exterior, organizar, constituir, incorporarse o formar parte de empresas, fondos o sociedades de cualquier tipo, pudiendo suscribir u otorgar todo tipo de contratos necesarios al efecto; financiar, promover, administrar y explotar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de inversiones, negocios, empresas o sociedades; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases, pudiendo para todos los efectos anteriores ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o disposición; b) Realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, en el desarrollo de toda clase de proyectos, y c) en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital íntegramente pagado, se pagó de conformidad a lo establecido en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 16 de Marzo del 2023.