Cooperativa de Trabajo Cuarto de Guerra
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2023
- Repertorio
- 150-2023
- Notario
- LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
- Oficio
- Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.832
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos número dos mil ochocientos ochenta y nueve, Las Condes, CERTIFICO: Que, por Escritura Publica, de fecha 19 de Enero de 2023, Repertorio 150-2023, ante mi, compareció Nicolás Ignacio Bascuñán, chileno, soltero, egresado en Derecho, cédula de identidad dieciséis millones seiscientos cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve guion uno (16.605.459-1), domiciliado en Manuel Montt 2515, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, debidamente facultado para ello, se procedió a reducir a escritura pública del acta de la primera junta general de socios de la COOPERATIVA DE TRABAJO CUARTO DE GUERRA, presidida por don Francisco Javier Villarroel Fuentealba, actuando como secretario doña María Elena Bravo Castillo, con la asistencia de otros tres socios, todos individualizados en el acta, realizada el 21 de noviembre de 2022, a las 10:00 de la mañana, en las oficinas ubicadas en la calle Mosqueto 491, comuna de Santiago, Región Metropolitana. -Que en conformidad con los art. 12, 13, 14 y 15, entre otros aplicables, de la Ley 19.832 que modifica la Ley General de Cooperativas, se señala como es requerido en relación al extracto que el objeto social de la Cooperativa de Trabajo Cuarto de Guerra es producir o transformar bienes y prestar servicios en forma mancomunada por sus socios en general relacionados, sin ser esto taxativo, con asesorías a personas y organizaciones en materia de comunicación estratégica, generar instancias de debate y contenido, así como también las asesoría referidas a campañas electorales, reputacionales o de posicionamiento de personas, organizaciones o marcas; que la cooperativa tendrá duración indefinida; y se tendrá como domiciliada en la comuna de Santiago de la Región Metropolitana. -Que en dicha junta consta en acta que se logró acuerdo, por unanimidad de los socios con derecho a voto, por aclamación, en materias que modifican estatutos aunque destacando que no se realizan modificaciones en materias extractables. Santiago, 15 de Marzo de 2023. nh