MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CHESTA SpA

RUT 76810397-6 CVE 2288021
Capital
$36.500 CLP
Fecha instrumento
3 de marzo de 2023

Instrumento

Fecha
3 de marzo de 2023
Repertorio
2508-23
Notario
Eliana Andrea Martínez Cárdenas
Domicilio
No-taría de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga

Sociedad

Capital
$36.500 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eliana Andrea Martínez Cárdenas, Abogado, Notario Público Suplente de la No-taría de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, con oficio en calle Antonio Varas 979, de la comuna de Temuco, certifico: Con fecha 3 de marzo de 2023, Repertorio N° 2508-23, otorgada ante mí, celebraron escritura pública Odette Mariane Sanhueza Chesta, Leonardo Alberto Brito Leal y Francisco Leopoldo Bahamonde Bahamonde, accionistas de CHESTA SpA, y acordaron: aumentar el capital de la sociedad de $36.500.000 a $109.500.000 dividido en 219 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de nuevas acciones de las mismas características. Por tanto, se modifican y reemplazan los artículos cuarto y primero transitorio de los estatutos por los siguientes: CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de $109.500.000, dividido en 219 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga en la forma establecida en los artículos transitorios de los presentes estatutos. En caso de posteriores aumentos de capital, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo no superior a tres años, contados desde la fecha del aumento respectivo. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de los mismos derechos que las pagadas, salvo en la distribución de dividendos. PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de $109.500.000, dividido en 219 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales: A) Uno. 40 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal fueron suscritas por Doña Odette Mariane Sanhueza Chesta, por un valor total de $20.000.000, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; Dos. 10 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal fueron suscritas por Don Leonardo Alberto Brito Leal, por un valor total de $5.000.000, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y Tres. 23 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal fueron suscritas por Don Francisco Leopoldo Bahamonde Bahamonde, por un valor total de $11.500.000, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; B) Las restantes 146 acciones, $73.000.000, se suscriben, enteran y pagan de la siguiente manera: Uno. Doña Odette Mariane Sanhueza Chesta, suscribe 40 acciones, por un valor total de $20.000.000, suma que se paga en este acto, de contado y en dinero efectivo ingresado en caja social; Dos. Don Leonardo Alberto Brito Leal, suscribe 17 acciones, por un valor total de $8.500.000, suma que se paga en este acto, de contado y en dinero efectivo ingresado en caja social; y Tres. Don Francisco Leopoldo Bahamonde Bahamonde, suscribe 89 acciones, por un valor total de $44.500.000, suma que se paga en este acto, de contado y en dinero efectivo ingresado en caja social. Además, los accionistas modifican y reemplazan el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: QUINTO: La administración, la representación y el uso del nombre o razón social, corresponderá a Francisco Leopoldo Bahamonde Bahamonde, quien tendrá todas y cada una de las facultades que se indican más adelante en estos estatutos. La persona señalada, actuando en la forma indicada, por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la obligará en todos los actos y negocios jurídicos que celebre por ella, o en los que sea parte y tenga interés. En caso de ausencia o impedimento, podrá ser reemplazado por otra u otras personas designadas por la junta de accionistas, a la que corresponderá también su remoción. Temuco, 17 de marzo de 2023.