ANDREA CARTES Y COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2023
- Notario
- RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
- Oficio
- 4° Notaria Talcahuano
- Comuna
- Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 5 años a partir de la fecha de esta escritura. Vencido este término, la sociedad se entenderá renovada en forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública cuyo contenido deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación no inferior a sesenta días hábiles al vencimiento del plazo antes indicado, o de la última prórroga que hubiere operado
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña ANDREA ALEJANDRA CARTES CABRERA. Amplias facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público 4° Notaria Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de marzo de 2023, ante mí, GONZALO ANTONIO TRONCOSO BAZÁN, chileno, casado abogado, C.I. 9.912.315-K; el compareciente mayor de edad rectificó sociedad de responsabilidad limitada ANDREA CARTES Y COMPAÑIA LIMITADA constituida por escritura pública de fecha 28/02/2023 ante el Notario Público de Talcahuano, don Ricardo Salgado Sepúlveda, cuyo extracto fue inscrito a fojas 504V, número 375, del Registro de Comercio de Concepción del año 2023 y publicado en el Diario Oficial de 03/03/2023. En la cláusula DECIMO SEPTIMA de la escritura pública de constitución de sociedad, de fecha 28/02/2023, repertorio número 291-2023 otorgada ante el Notario Público de Talcahuano don Ricardo Salgado Sepúlveda, se otorgó poder al compareciente para que, en cualquier tiempo otorgue las aclaraciones, complementaciones, rectificaciones o ratificaciones que fueren necesarias para la legalidad de la escritura. Modificación: Por este acto, el compareciente debidamente facultado, viene en rectificar el extracto de la escritura pública indicada en la cláusula, que da cuenta del capital social, en el sentido de que este dice: “Capital social: $5.000.000“; y debería decir: “Capital social: $1.500.000 “. De acuerdo a lo anterior, el extracto en cuanto al capital queda del siguiente tenor: “Capital social: $1.500.000, a) La socia doña ANDREA ALEJANDRA CARTES CABRERA aporta la cantidad de $750.000, equivalente al 50% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; b) La socia doña MARLENE ISABEL CARTES CABRERA aporta la cantidad de $750.000, equivalente al 50% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social.“ Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña ANDREA ALEJANDRA CARTES CABRERA. Amplias facultades en escritura extractada.- Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años a partir de la fecha de esta escritura. Vencido este término, la sociedad se entenderá renovada en forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública cuyo contenido deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación no inferior a sesenta días hábiles al vencimiento del plazo antes indicado, o de la última prórroga que hubiere operado. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de las agencias que pueda establecer en otras comunas. Demás estipulaciones se encuentran en escritura extractada. Hualpén, 16 de marzo de 2023.-