MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES CHILEITAL LIMITADA

RUT 77253122-2 CVE 2287119
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de febrero de 2023
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
20 de febrero de 2023
Repertorio
1059/2023
Notario
PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
Oficio
Primera Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana 989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 20 de Febrero de 2023, ante mí, Repertorio Nº1059/2023, don FERNANDO JAVIER LLULL BECKDORF; don NICOLAS ANDRES POCH BARROS; la sociedad INVERSIONES LOPEZ NEIRA SpA; doña CARLA KATRIN BONOMINI GNUTZMANN y doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA; modifican “SOCIEDAD DE INVERSIONES CHILEITAL LIMITADA”. Rut. Nº77.253.122-2. El capital social de la sociedad es de $2.000.000.- Inscrita a fojas 1726 vuelta, número 1320 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, año 2020, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 22 de octubre de 2020.- Por escritura pública otorgada el 28 de diciembre de 2021, fue modificada esta sociedad, su extracto se inscribió a fojas 266 vuelta número 166 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2022, y se publicó en el Uno) Don FERNANDO JAVIER LLULL BECKDORF vende, cede y transfiere, con el consentimiento de sus socios, el 33,3% de sus derechos sociales en la Sociedad a doña CARLA KATRIN BONOMINI GNUTZMANN, quien compra y acepta para si dichos derechos, que ascienden al 15% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de esta cesión es de $6.660.000, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo. Dos) Don FERNANDO JAVIER LLULL BECKDORF vende, cede y transfiere con el consentimiento de sus socios el 66,7% de sus derechos sociales en la Sociedad a doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA, quien compra y acepta para si dichos derechos, que ascienden al 30% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de esta cesión es de $13.340.000, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo. Tres) La Sociedad a INVERSIONES LOPEZ NEIRA SpA, vende, cede y transfiere con el consentimiento de sus socios el 33,3% de sus derechos sociales en la Sociedad a doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA, quien compra y acepta para si dichos derechos, que ascienden al 7,5% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de esta cesión es de $3.330.000 , pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo; Cuatro) La Sociedad INVERSIONES LOPEZ NEIRA SpA, vende, cede y transfiere con el consentimiento de sus socios el 66,7% de sus derechos sociales en la Sociedad a don NICOLAS ANDRES POCH BARROS, quien compra y acepta para si dichos derechos, que ascienden al 15% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de esta cesión es de $6.670.000, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo.- B) En cuanto al ingreso y salida de socios, en virtud de las cesiones señaladas anteriormente, salen de la sociedad don FERNANDO JAVIER LLULL BECKDORF e INVERSIONES LOPEZ NEIRA SpA., e ingresa a la sociedad doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA.- C) En cuanto a la participación social, en virtud de las cesiones señaladas anteriormente, los socios modifican el estatuto social quedando don NICOLAS ANDRES POCH BARROS con una participación social equivalente al 37,5% del patrimonio social, doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA, con una participación social equivalente al 37,5% del patrimonio social y doña CARLA KATRIN BONOMINI GNUTZMANN con una participación social equivalente al 25% del patrimonio social.- D) En cuanto a la distribución de las utilidades y pérdidas, se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes.- E) En cuanto a la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá indistintamente a los socios don NICOLAS ANDRES POCH BARROS, doña ANDREA PATRICIA GERMANY LABARCA y doña CARLA KATRIN BONOMINI GNUTZMANN.- Los socios, reiteran que su responsabilidad por las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes todas las demás cláusulas del estatuto social constitutivo Demás estipulaciones escritura extractada. CONCEPCIÓN, 15 de Marzo de 2023.