ENRIQUE LAGO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de marzo de 2023
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $3.150.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría Providencia, Avenida Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 8 de marzo de 2023, ante mí, Repertorio No. 1367/2023, doña JOSEFA ANTONIA ZUGADI ECHEVARRIA, cédula de identidad de extranjero No. 4.358.036-1, domiciliada en Las Arañas Nº 5805, departamento 131, comuna de La Reina, Región Metropolitana, don JUAN CARLOS LAGO ZUGADI, C.I. No. 7.060.471-k, domiciliado en Avenida Independencia N.º 3.791, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, siendo los únicos y actuales socios de la sociedad “ENRIQUE LAGO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, y don MARTIN ENRIQUE LAGO ETCHART, C.I. No. 17.600.056-2, domiciliado en calle Gonzalo de Los Ríos N.º 6514, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “En-rique Lago y Compañía Limitada”, constituida por escritura pública fecha 02 de enero de 1969, ante Notario Público de Santiago, don Álvaro Bianchi Rosas, inscrita a fojas 927 N° 296 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1969, publicada en el Diario Oficial de fecha 24 de enero de 1969. Modificación: don Juan Carlos Lago Zugadi, vende, cede y transfiere un 4,9% de sus derechos en la sociedad “Enrique Lago y Compañía Limitada”, a don MARTIN ENRIQUE LAGO ETCHART, quien compra, acepta y adquiere para sí el 4,9% de esos derechos. El precio de la cesión es de $4.992.000, suma que se pagará en 24 cuotas iguales y sucesivas de $208.000. Como consecuencia de la venta y cesión de acciones quedan como únicos y actuales socios de la sociedad “Enrique Lago y Compañía Limitada”, doña Josefa Antonia Zugadi Echevarría, dueña del 75% de los derechos de la sociedad, don Juan Carlos Lago Zugadi, dueño del 20,1% de los derechos de la sociedad y don Martín Enrique Lago Etchart, dueño del 4,9% de los derechos de la sociedad. Asimismo, modifican el artículo segundo del pacto social, relativo a la administración, en tal sentido que la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a cada uno de los socios referidos, actuando de forma conjunta, separa o indistintamente, quienes tendrán todas y cada de las facultades y limitaciones indicadas en la escritura. El capital de la sociedad es de $3.150.000. En todo lo que no se modifica se mantienen vigentes todas las cláusulas y facultades estipuladas en la escritura social primitiva. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 8 de marzo de 2023.cvo.